En medio de la pandemia y cuando más se necesita de información para cuidar la salud, la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB) del Indecopi resolvió en primera instancia que es ilegal que el Ministerio de Salud (Minsa) regule sobre la publicidad de los octógonos saludables en los medios de comunicación e internet pues “no sería su competencia”.
Según la Comisión -conformada por Gonzalo Zegarra Mulanovich, Carlos Mendoza Gutiérrez y Luis Quesada Oré-, “el Ministerio de Salud excedió las facultades que le fueron concedidas mediante las Leyes 26842 y 3001 (Ley de Alimentación Saludable)” para regular la publicidad “orientadas a establecer el tamaño de la advertencia (octógonos), así como su duración en la publicidad en medios audiovisuales”.
La resolución generó amplias críticas a tal nivel que incluso una secretaría técnica del Indecopi apelará la decisión de su comisión. Este recurso se sumará a otro que también presentará el Ministerio de Salud, que al cierre de esta edición no había sido notificada sobre lo resuelto por la CEB, pese a que el documento lleva por fecha el 25 de febrero del 2020.
Así, ahora será la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas (SEL) del Tribunal del Indecopi quien defina si los octógonos deben aparecer o no durante toda la promoción de una golosina, gaseosa, entre otros productos procesados, en la televisión o un spot radial; o si el tamaño de la advertencia es el adecuado.
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Cabe indicar que mientras dicha sala no se pronuncie, lo estipulado en el Manual de Advertencias de la Ley de Alimentación Saludable sigue vigente y los anunciantes deben cumplirlo.
La Defensoría del Pueblo ha rechazado también la resolución del CEB y dejó en claro que el derecho a la información, más aún si es para cuidar la buena alimentación, no puede ser considerado como una burocracia ilegal, por lo que enviará su posición al Indecopi.
“Es el Indecopi el que se convierte en una barrera para acceder a estos derechos fundamentales. Esta resolución, que está desorientada, tiene que revocarse en la siguiente instancia”, dijo Walter Gutierrez, defensor del Pueblo, en diálogo con este diario.
Explicó que si el Minsa no tuviera la competencia -como argumenta la Comisión-, “¿debe primar el formalismo legal o el contenido constitucional? Apelando al formalismo no puedes traerte abajo toda la política pública. No podemos sacarle la vuelta. Se pudo haber subsanado”, señaló.
Al respecto, el comisionado Gonzalo Zegarra señaló que se le debe facultar -por ley- al Minsa para que cuente con la competencia de regular publicidad. En tanto, negó que exista conflicto de interés pese a laborar en una empresa que asesora a una compañía de bebidas. Cabe indicar que Zegarra y Carlos Mendoza votaron a favor de la resolución.
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Por su lado, Mendoza, quien se ha desempeñado como gerente legal de la Sociedad Nacional de Industrias, indicó que no se pronunciaría sobre el contenido de una resolución que aún no ha quedado resuelta y consentida.
Por su parte, Crisólogo Cáceres, presidente de la Asociación Peruana de Consumidores (Aspec), señaló que el problema viene de la estructura del Indecopi que mantiene un área -el resolutivo- conformada por comisiones (como la de Defensa del Consumidor, Barreras Burocráticas, etcétera) que a su vez están integradas por comisionados que son personas cercanas al sector privado. “Van por horas al Indecopi y resuelven, y cobran su dieta, y el resto del día son abogados o consultores de otras empresas”.
Agregó que hace tiempo se propuso que la Comisión de Barreras Burocráticas sea integrada por especialistas de planta “que hagan carrera para que tengan una identificación plena de intereses con el Estado”.
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Asimismo, sostuvo que el Minsa sí puede regular la publicidad, amparado en el Capítulo V del Código del Consumidor.
En 2013 se aprobó la Ley de Alimentación Saludable. La norma dio pie a un debate en el Congreso, de más de un año, para definir el uso de octógonos o el semáforo de colores a fin de informar sobre el contenido de sodio, grasas y azúcar.
En 2018 finalmente se votó por los octógonos, y desde junio del 2019 es obligatorio que las marcas de alimentos procesados los utilicen.
No obstante, según datos del Indecopi, a la fecha, se han iniciado hasta 122 investigaciones preliminares que derivaron a 69 procedimientos administrativos sancionadores.
Walter Gutierrez - Defensor del Pueblo: “La resolución del Indecopi está desorientada porque olvida que el derecho a la información es un derecho fundamental, y más si tiene relación con el derecho a la alimentación saludable”.
Gonzalo Zegarra - Comisionado Indecopi: “Nadie ha cuestionado los octógonos. Lo que hemos dicho es que ciertos extremos aludidos a publicidad no están dentro de la competencia del Minsa (...). Será la Segunda Sala quien se pronuncie”.
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