El Ejecutivo publicó hoy el Decreto de Urgencia N° 059-2020, el cual dispone una serie de medidas con la finalidad de garantizar el acceso de los medicamentos y dispositivos médicos para el tratamiento del coronavirus.
Una de las medidas adoptadas, es que los laboratorios y droguerías-de manera excepcional- estarán autorizados para vender de manera directa a los pacientes los productos farmacéuticos que forme parte de la lista de productos que apruebe el Ministerio de Salud (Minsa) para atender la emergencia de la COVID-19.
Ello se dispone con la finalidad de promover la competencia y evitar las especulaciones en los precios de los medicamentos que han tenido resultados positivos para combatir a la COVID-19.
En esa línea, los laboratorios y droguerías que podrán efectuar esta venta directa al ciudadano deberán ser titulares del registro sanitario, o contar con el certificado de registro sanitario o autorización excepcional.
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