Cargando...
Economía

Trabajadores recurrirían a sus ahorros para enfrentar crisis

Alcance al sector público. En lo que dure el estado de emergencia, trabajadores podrán ser suspendidos por sus empresas y no recibir sueldos. Esta medida alcanza tanto al sector privado como a las empresas públicas comprendidas en el FONAFE. Los empleados con licencia sin goce de haber tendrán que recurrir a sus ahorros (CTS, AFP, gratifi cación). Se otorgarán subsidios de S/ 760 para trabajadores de mypes.

larepublica.pe
Cobertura: Ejecutivo evalúa la modifi cación de las garantías al 100% y la inclusión de las microfi nancieras y cajas municipales para otorgar créditos a mypes. Foto: Andina

Por: Jair Sarmiento y Christian Silva

La suspensión perfecta de labores —popularmente llamada licencia sin goce de haber— se suma a la carga económica que tienen que soportar los trabajadores para afrontar los efectos negativos del Covid-19, tanto en sus empleos como en sus hogares, así lo dispuso el Gobierno a través de la aprobación del decreto de urgencia en materia laboral.

El presidente Martín Vizcarra señaló ayer que “los trabajadores también están haciendo lo propio [al recurrir a sus propios recursos]”.

En la misma línea, la titular del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), Sylvia Cáceres, señaló que esta medida apela a los ahorros privados de los empleados y tiene un criterio de equidad, para proveer a un grupo de trabajadores de una prestación económica.

En tal sentido, la norma señala que las empresas que no puedan implementar la modalidad de trabajo remoto o aplicar la licencia con goce de haber, por la naturaleza de sus actividades o por el nivel de afectación económica, podrán enviar a sus trabajadores a sus casas sin ninguna remuneración.

Sobre la vigencia de esta medida, el decreto señala que se podrá aplicar hasta 30 días posteriores al periodo de estado de emergencia, es decir, hasta el 9 de julio.

De sus bolsillos

Como lo detalla el Ejecutivo, para que los empleados no se queden sin recursos —durante el periodo de suspensión perfecta de labores—, podrán solicitar una parte de sus benefi cios laborales o acceder a un porcentaje de sus ahorros de jubilación.

En ese sentido, los trabajadores afectados podrán disponer de sus ahorros de compensación por tiempo de servicios (CTS) por el valor de hasta un sueldo bruto mensual por un periodo máximo de tres meses.

Pero para aquellos que no tengan saldo en su CTS, podrán solicitar a sus empresas que les adelanten el pago de la CTS de mayo y su gratifi cación de julio, calculados a la fecha de desembolso. En paralelo, también tendrán acceso a S/ 2.000 de sus aportes en el Sistema Privado de Pensiones (SPP).

Subsidios

En el caso de los trabajadores suspendidos que se encuentren en el régimen laboral de las microempresas, que ganen menos de S/ 2.400 y no perciban una CTS, se les otorgará una subvención mensual de S/ 760 hasta por 3 meses.

El decreto también establece que la cobertura del Seguro Social de Salud (EsSalud) continuará para todos los trabajadores comprendidos en la suspensión de labores, aun cuando no cuenten con los aportes mínimos o si este accedió a la prestación por 2 meses. Cabe agregar que también incluye a los familiares de los asegurados.

Dudas en el proceso

Esta suspensión se aplica desde que el empleador realiza la solicitud ante el MTPE, explicó el exministro de Trabajo Christian Sánchez.

Posteriormente, dentro de los siguientes 30 días a la presentación del pedido, el Estado deberá revisar las causas que motivan la suspensión, con posibilidad de que pueda dejar sin efecto la medida en caso de detectarse un uso fraudulento. Asimismo, el decreto indica que se anulará la suspensión si se afecta la libertad sindical.

Y, tomando en cuenta ambos casos, el empleador deberá pagar el salario a sus trabajadores de acuerdo al tiempo de suspensión transcurrido y, cuando corresponda, la reanudación inmediata de las labores.

No obstante, Sánchez consideró que esta autoridad podría llegar a tener una cantidad “atiborrada de solicitudes”, lo cual dificultaría la revisión de los expedientes en el plazo establecido, lo que terminará en un “silencio administrativo positivo en benefi cio de una medida adoptada unilateralmente”.

Con ello coincide el exviceministro de Empleo Fernando Cuadros, quien criticó esta medida, dado que “le quita peso” al programa Reactiva Perú (que otorga créditos para las empresas), así como la del subsidio al 35% de las planillas.

“¿Qué caso tiene subsidiar si se va a dar suspensión perfecta de labores?”, enfatizó.

Cuadros Luque precisó que aproximadamente hay 270 mil trabajadores en el régimen laboral de microempresas. “De ese grupo, solo le van a subsidiar a quienes ganen hasta S/ 2.400. Hacen que el trabajador formal asuma el costo de la crisis, quien sale perdiendo”, acotó.

Por su lado, el abogado laboralista Germán Lora señaló que se trata de “una medida que ayuda, pero que no está bien regulada aún”. Precisó que estas medidas son para las micro y pequeñas empresas.

Asimismo, indicó que el DU deja vacíos sobre la necesidad de las empresas para agotar todos los medios necesarios para aplicar la suspensión perfecta de labores.

“Las empresas ya tienen casi un mes pagando el sueldo de los trabajadores, sin que ellos vayan a laborar”, acotó.

¿Es equitativo el DU? Según Christian Sánchez, no, dado que habilita a que todas las empresas, independientemente de su tamaño, puedan solicitar la suspensión de labores.

Por último, Fernando Cuadros indicó que no se tuvo que emitir la medida para ninguna empresa, sino que se debió ampliar el subsidio del Estado para que sea al 50% de todas las planillas, focalizado en las mipymes, bajo condiciones.

Alcance al sector público

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), a través del DU, detalló que la suspensión perfecta no solo será aplicable al sector privado, sino también al público.

De esta forma, el MTPE señaló que puede ser aplicado por el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (Fonafe) y las empresas del Estado bajo su ámbito, así como sus trabajadores.

Sindicatos alzan la voz

La Confederación General de Trabajadores del Perú (CGTP) señaló que la medida del Gobierno “ha sido tomada en claro acuerdo con el sector empresarial y al margen del Consejo Nacional de Trabajo”.

“La salida la vamos a afrontar los trabajadores formalizados y de la economía informal. No queda otro camino que la lucha y la resistencia ciudadana. Llamamos al rechazo nacional con un ‘cacerolazo’”, manifestaron.

En tal sentido, Julio Bazán, presidente de la Central Única de Trabajadores (CUT), sostuvo que el Gobierno debería reorientar esas normativas a efectos de que todo el apoyo fi nanciero se dé a aquellas empresas que no estén dispuestas a aplicar la suspensión perfecta.

Se perdieron 5.700 empleos en el primer trimestre

- En el primer trimestre del 2020, el empleo se contrajo en 5 mil 700 personas, en comparación con similar trimestre del año anterior, según informó el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).

- Este resultado se registra luego de cinco años de crecimiento ininterrumpido, en un contexto de emergencia nacional por el Covid-19, con paralización parcial de actividades económicas, a partir del 16 de marzo del presente año.

- Por otro lado, el Fondo Monetario Internacional proyectó que la tasa de desempleo en el Perú podría aumentar este año hasta alcanzar la cifra de 7,7%, según el informe de Perspectivas de la Economía Mundial del organismo multilateral.

- El reporte indica que el porcentaje entre un año y otro aumentaría en 0,5%.

- Es así que, para el 2021, la tasa sería de 7,3%.

- Por su parte, la ministra de Trabajo recordó que durante los 30 primeros días de estado de emergencia el Gobierno optó por disponer que las empresas concedan licencias con goce de haber a todos sus trabajadores, con el fi n de preservar los empleos y garantizar los ingresos. “Hasta hoy, el empleador estaba obligado a pagar una licencia con goce de haber”, acotó.

Empresas del Fonafe

- Las principales empresas del Estado en el ámbito del Fonafe son Sedapal, Perupetro, Editora Perú, Banco de la Nación, Cofi de, Fondo Mivivienda, Agrobanco, Activos Mineros, Corpac, Serpost, Sima Perú, Enaco, entre otras.

- Sector electricidad: Adinelsa, Egasa, Egemsa, Egesur, Electro Oriente, Electro Puno, Electro Sur Este, Electro Ucayali, Electrocentro, Electronoroeste, Electronorte, Electroperú, Electrosur, Hidrandina, San Gabán y SEAL.

La clave

Cese colectivo. Tanto el laboralista Germán Lora como el exviceministro de Empleo Fernando Cuadros señalaron que la suspensión de labores no da pie a un cese colectivo, dado que este último implica que el empleador despida al 10% de sus trabajadores, además de que tiene que ser evaluado previamente por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).

La palabra

“Los trabajadores están haciendo lo propio, ¿y las empresas? También tienen que colaborar, pero de manera signifi cativa. Nadie puede quedarse observando desde el balcón”. Martín Vizcarra, presidente de la República

“Esta medida apela a los ahorros privados de nuestros trabajadores para una circunstancia excepcional. Se ha considerado un criterio de equidad. Tenemos la disposición de mantener el diálogo abierto con los sindicatos”. Sylvia Cáceres, ministra de Trabajo

“La medida opera desde que se presenta la solicitud. No me parece muy equitativa, porque habilita a que todas las empresas, independientemente de su tamaño, soliciten la suspensión de labores”. Christian Sánchez, exministro de Trabajo

Decreto fue tomado en claro acuerdo con el sector empresarial y al margen del Consejo Nacional de Trabajo. La salida la vamos a afrontar los trabajadores formales y la economía informal". Gerónimo López, secretario general CGTP

suspension labores