Medidas tributarias. Esta es una de las propuestas que integran las facultades legislativas con lo que se busca elevar la tasa de deducción del Impuesto a la Renta de 7 hasta 14 UIT lo que significaría mayor dinero en el bolsillo de los peruanos.,De otorgársele las facultades legislativas al Ejecutivo, los trabajadores de 5ta categoría (planilla) que ganen menos de S/ 3950 al mes no pagarían Impuesto a la Renta (IR) siempre y cuando sustenten gastos de salud y vivienda con facturas. PUEDES VER: Plantean que se actualice bono de reconocimiento para trasladar fondos a AFP Esto debido a que la propuesta considera elevar la tasa de deducción del Impuesto a la Renta (IR) de 7 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) (S/ 27.650) hasta las 14 UIT (S/ 55.300). Y es que hoy en día, la norma señala que para calcular el IR que un trabajador en planilla debe pagar se suman los 14 sueldos que recibe al año (gratificaciones incluidas) y se le aplica una tasa de deducción de 7 UIT. Si la diferencia está entre las 7 UIT y 12 UIT (S/ 47.400) se paga 8%; entre 12 UIT y 27 UIT (S/ 106.650) se descuenta 14%; entre las 27 UIT y las 42 UIT (S/ 165.900) se paga 17%; entre las 42 UIT y las 52 UIT (S/ 205.400) se cobra 20%. Por todos los ingresos por encima de las 52 UIT se paga 30%. El abogado tributarista, Jorge Picón, señaló que esta propuesta le permitirá a los trabajadores tener mayor dinero en sus bolsillos. Sin embargo, precisó que de acuerdo con los últimos reportes de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) el grupo de beneficiados sería pequeño. "Son cerca de 2 millones y medio de trabajadores en planilla. De ese porcentaje, según la Sunat, el 90% no tributa porque percibe sueldos menores a S/ 2000. Para ellos, no significa nada porque igual no pagan impuesto. El otro 10% sí tributa", expresó. Picón explica que esta norma debe ser debidamente estudiada. "El gobierno tiene un problema de déficit fiscal heredado del gobierno anterior. Como cualquier contribuyente, no me opongo a modificar la ley de impuestos; pero no parece ser muy clara la reforma porque no aumenta la recaudación", comentó. Agregó que tampoco queda claro si el trabajador debe sustentar con facturas las 7 UIT actuales o el excedente de las 7 UIT. "Tampoco me queda claro quién se encargará de revisar dichas facturas, ya que el que retiene el IR es el empleador. Si el trabajador va a presentar sus gastos sería un trámite oneroso y administrativamente complicado", explicó. En ese sentido, el abogado tributarista, José Verona, explicó que en el pedido de facultades legislativas solo conocemos a grandes rasgos lo que el gobierno pretende hacer. "Estos no son los proyectos que emitirá el Ejecutivo. Ahí tendremos los detalles", explicó. Esta propuesta fue adelantada en agosto por el ministro de Economía, Alfredo Thorne, quien precisó que el pago del IR "hoy en día son hasta 7 UIT sin presentar ningún documento. Estamos pensando en subir la deducción entre 10 UIT y 14 UIT, siempre y cuando las personas presenten facturas de salud", recalcó. Eliminarán deudas menores a S/ 3.950 a personas naturales Dentro del proyecto de ley para las facultades legislativas que presentó el Ejecutivo, también se propone "extinguir las deudas tributarias menores a 1 UIT (S/ 3.950)". Al respecto, el abogado tributarista, José Verona, recordó que esta medida ya se había aplicado en el 2000 cuando Kuczynski fue ministro de Economía durante el gobierno del presidente Toledo. "Se trata de una amnistía que se aplica una única vez y aplicaría principalmente para deudas en las que cuesta más cobrarlas que pagarlas por los costos de ejecución. Se pretende que aplique tanto para personas jurídicas como para personas naturales", explicó. El abogado recuerda que todas las medidas y reformas tributarias que plantea el Ejecutivo en el pedido de facultades son anuales, por lo que deberán ponerse en marcha desde enero del 2017. "Para aplicarse en enero del 2017, deberán ser publicadas y aprobadas antes del 31 de diciembre del 2016. Cabe destacar que todavía tenemos tiempo para aprobarlas", destacó. Asimismo, señala que si la norma se aprueba en el 2017, recién entraría en vigencia a partir de enero de 2018.