Modalidad que presentó la Superintendencia de Banca y Seguros se coloca como una opción para los aportantes al Sistema Privado de Pensiones que van a jubilarse. La pensión no se reduce en el tiempo.,Gran parte de los aportantes del Sistema Privado de Pensiones ya se encuentran eligiendo entre las tres posibilidades que les ofrece la nueva ley de AFPs para la devolución de sus aportes: recibir una pensión, retirar el 95,5% u optar por un método combinado. Ante tal coyuntura, vale recordar que la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó en mayo una nueva modalidad de pensión: la Vitalicia Escalonada, que se coloca como una opción orientada para los mayores de 65 años. PUEDES VER: AFP: ¿Desde cuándo puedo tramitar el retiro de mis fondos?| VIDEO La novedad de esta modalidad es que permitirá elegir recibir sus fondos en dos tramos. En el primero, el aportante podrá recibir una pensión alta; mientras que en el segundo periodo, la pensión se reducirá al 50% o al 75% de lo que se recibió en el primer tramo. El tiempo de ambos tramos podrá ser elegido por el aportante y la modalidad será garantizada por 15 años. Además, la entrega de los fondos se podrá realizar tanto en soles como en dólares y se manejará una tasa de rentabilidad de 2%. Debe destacarse que en caso el asegurado falleciera, la cónyuge podrá tomar la pensión hasta el término del plazo que es hasta los 15 años. El gerente comercial de Rentas Vitalicias de Pacífico seguros, Alfredo Galdos Ruiz, explicó que esta modalidad haría que el asegurado "disfrute un poco más de su pensión en los primeros años posteriores a su jubilación" siempre que se mantenga la cautela para los años próximos. Volatilidad El presidente de la Asociación Peruana de Empresas de Seguros, Eduardo Morón, explicó que la renta vitalicia escalonada tiene como factor diferencial que la pensión podrá ser alta en los primeros meses y sin la volatilidad que pueden ofrecer las AFP. "La renta vitalicia escalonada no está sujeta a la volatilidad de los fondos AFP, sino que se tendrá una pensión más alta sin que se cambie la pensión a si el mercado le vaya bien o mal. Es una mayor seguridad para el jubilado frente a lo que se tenía antes", dijo. Efectivamente, una modalidad similar es la renta temporal con renta vitalicia diferida, la cual ofrecía al aportante usar una parte de sus fondos para recibir una pensión un poco mayor por los primeros dos años de aportes. "Mientras la diferida te ofrece una pensión mayor por hasta 5 años, la escalonada ofrece hasta 15 años de una mayor pensión", comentó Morón. Periodo garantizado Asimismo, explicó que la posibilidad de que la cónyuge o algún dependiente reciba la pensión depende mucho de que el aportante solicite un periodo garantizado. "Lo que hace un periodo garantizado es asegurar que el total de la pensión que uno reciba sea entregada a tu cónyuge en caso fallecieras. De no hacerlo, el porcentaje podría ser menor", comentó. Es decir, si eres un jubilado de 65 años y quieres garantizar los 15 años de pensión para el cónyuge, tu pensión queda garantizada hasta que cumplas los 80 años. Si falleces a los 70, la cónyuge seguirá recibiendo la misma pensión hasta el año en que el fallecido hubiera tenido los 80 años. "Se debe advertir que este periodo reduce un poco la pensión como cualquier garantía", agregó.