San Borja: vecinos solo podrán tener hasta 5 mascotas en sus viviendas
Además, en caso de departamentos, los ciudadanos y ciudadanas solo podrán criar 3 perros y gatos, según la modificación de la ordenanza municipal 581-MSB.
Los ciudadanos y ciudadanas del distrito de San Borja podrán tener hasta cinco perros y gatos en sus viviendas, de acuerdo a la modificación de la ordenanza municipal 581-MSB. Dentro de los cambios que contempla dicha norma se establece, por ejemplo, que, en caso de departamentos, el número máximo para criar mascotas asciende solamente a tres.
En ese contexto, Elena Andrade, vocera de la Municipalidad de San Borja, explicó para 'Latina noticias', que ahora se evaluará en qué condiciones viven los animalitos. “Se ha ampliado el número de mascotas por departamento y por casa, adicional a la que pueden tener las personas”, agregó.
Otro punto que señala la norma es la alimentación de las mascotas en las calles. En ese sentido, se indica que los vecinos sí podrán dar de comer “a los animales comunitarios en la vía pública bajo condiciones de limpieza e higiene”.
“La ordenanza municipal anterior prohibía dar de comer a los animalitos en la calle. La modificación de esta ordenanza dice que se puede dar de comer a los animalitos siempre que los lugares queden limpios”, señaló Milagros Vergaray, de la Asociación Somos Tu Voz, para dicho medio.
En tanto, en caso de los rescatistas de animales, de acuerdo a la versión de Milagros Vergaray, continuarían criando a los perritos y gatitos. “Si la persona tiene recursos económicos y un ambiente grande, ella puede tener mascotas”, finalizó.
San Borja: ¿qué dice la modificación de la ordenanza municipal 581-MSB?
La modificación de la ordenanza municipal 581-MSB, que fue publicada el último miércoles 23 de agosto del 2023, en el diario El Peruano, señala que, de manera excepcional, los peruanos y peruanas que residan en San Borja tendrán hasta cinco perros y gatos si habitan en casas.
“En el caso de canes y/o felinos, las personas naturales y jurídicas podrán criar y poseer hasta tres (3) mascotas por casa y/o dos (2) mascotas por departamento; siempre que ello no perjudique de manera directa y razonable la tranquilidad y bienestar de terceros. (...) De manera excepcional, se permite incrementar en un número de hasta dos (2) mascotas por casa y/o una (1) mascota por departamento, en caso de que algún contribuyente recoja canes y/o felinos como ayuda social”, señala la norma.