Tema pendiente. Joven transgénero no puede recibirse de abogada porque en su DNI dice que es un hombre. La Corte IDH señala que los Estados están obligados a garantizar el derecho a la identidad. El Óscar para la cinta chilena Una mujer fantástica reabre el debate sobre la protección y los derechos de las personas trans.,Gahela vestía una blusa, un saco pegado, un pantalón y zapatos altos. Estaba lista para su exposición, pero la docente a cargo del curso no la dejó presentarse. “Me dijo que quien estaba matriculado era Guillermo y si quería exponer ante ella tenía que ir vestido como tal”. No era la primera vez que le negaban el derecho a ser ella, pero aquella mañana Gahela salió del salón llorando. Estaba dolida, como tantas veces. PUEDES VER Corte IDH declara improcedente pedido contra Alberto Fujimori Desde pequeña sintió que era “diferente”. Cuando no había nadie en casa, se paraba frente al espejo, tomaba unas sábanas y simulaba usar un vestido. Era el modo en que expresaba su identidad, la que aprendió a ocultar para que no le hagan daño, para sobrevivir. “Durante la adolescencia traté de reprimir todo eso. La iglesia, los vecinos, la familia, la escuela: todos te dicen que está mal por el simple hecho de haber nacido distinta. Es complicado expresar lo que una siente cuando te obligan a seguir una vida que no quieres”, comenta. A pesar de los golpes, insultos y oportunidades frustradas, Gahela ya no teme definirse como una mujer trans. Tiene 24 años y habla sobre sí misma con la firmeza de quien libra batallas a diario. Y es que una acción tan simple como enseñar el DNI la expone a toda clase de agresiones. “Hay que conocer el panorama de lo que significa ser una persona trans en este país para entender la importancia de tener un DNI que te represente. No tener ese documento hace que nos sigan estigmatizando y que nos violenten”, explica Leyla Huerta, directora de Féminas Perú, colectivo que lucha por los derechos de personas trans. Hoy, la única forma de lograr un cambio de nombre o de género en el DNI peruano es a través de la vía judicial. “¿Por qué tenemos que hacerle un juicio al Estado para poder tener una identidad?”, cuestiona Leyla. La verdad es que no tendrían que hacerlo. El 9 de enero pasado, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) reafirmó lo que ya señalaba el derecho internacional e incluso la jurisprudencia del Tribunal Constitucional. A través de una opinión consultiva, concluyó que el cambio de nombre y género, cuyo fin es adecuarlos a la “identidad auto-percibida”, constituye un derecho que protege la Convención Americana de Derechos Humanos, que el Perú ha suscrito. De acuerdo con la Corte, que el Estado reconozca la identidad de género, además de ser una obligación internacional, es de “vital importancia” para garantizar otros derechos. Entre los más importantes se encuentran la protección contra la violencia, el acceso a la salud, educación y empleo, que suelen ser limitados para las personas trans. Gahela, por ejemplo, terminó la carrera de Derecho hace más de un año, un logro poco frecuente para las mujeres transgénero. “Era un ambiente tóxico que te empujaba a dejar de estudiar”, describe. Al principio, la Universidad Nacional San Luis Gonzaga de Ica se negó a tramitarle el bachillerato, grado que sus demás compañeros ya obtuvieron. Gahela todavía sigue esperando. Esa demora, que es una forma de discriminación, ha frustrado su desarrollo en todo sentido: sirvió de excusa para que la despidan del estudio jurídico donde practicaba, no le permite ejercer su profesión ni postular a nuevos empleos. Está obligada a precarizar su mano de obra, a ganar dinero de modos que no le avergüenzan pero que evitaría si pudiera. Alcances de la opinión Para elaborar el pronunciamiento, la Corte IDH invitó a los Estados parte a enviar comunicaciones escritas y a participar en la audiencia oral. Se sabe que el Perú se abstuvo en el primer caso, pero sí envió un representante a San José (Costa Rica). Pese a ello, optó por no intervenir. Quienes sí remitieron sus comentarios fueron entidades civiles como Promsex y la Universidad del Pacífico (UP), cuyos voceros coinciden en que la opinión consultiva es de aplicación obligatoria e inmediata. Carlos J. Zelada, jefe del Departamento de Derecho de la UP, explica que el Perú debe adecuarse en tres ámbitos, en los que se incluye a numerosas instituciones. Brenda Álvarez, coordinadora del Área Jurídica de Promsex, añade que si no se cumple con esa obligación, el Estado se expone a una demanda ante la Corte. Zelada y Álvarez coinciden en las medidas que se deben implementar: al Poder Legislativo le corresponde aprobar la Ley de Identidad de Género, además de las modificaciones legales que permitan el matrimonio entre personas del mismo sexo. Sobre este punto, la Corte IDH ha señalado que crear una figura legal distinta al matrimonio, como la llamada Unión Civil, representa una forma de discriminación por orientación sexual. En el Poder Judicial, los jueces deben utilizar los criterios de interpretación de la Corte IDH para conceder cambios de nombre y género. Luego, este procedimiento se deberá realizar por vía administrativa. Ese nuevo marco de interpretación legal también debe aplicarse en los procesos para reconocer en el Perú las uniones homosexuales celebradas en el extranjero, como en el caso del economista Óscar Ugarteche; o de Jenny Trujillo y Darling Delfín, que aún batallan porque el DNI de su hijo las reconozca como madres. La opinión consultiva de la Corte señala, además, que para estos trámites no se podrán exigir pruebas que resulten “irrazonables o patologizantes”, como exámenes psicológicos, tratamientos hormonales o cirugías de reasignación de sexo. En el caso peruano, los jueces pueden pedir “pruebas” según sus propios criterios de discrecionalidad. Hace poco se concedieron dos cambios de género, uno en Huaraz y otro en Arequipa. Finalmente, al Poder Ejecutivo le corresponde desarrollar políticas integrales para garantizar los derechos básicos de la población LGBT. La propia Corte reconoce que la implementación de dichos cambios no estará libre de “dificultades políticas”, pero aclara que ni la “falta de consenso al interior de algunos países” ni las “convicciones religiosas” son razones válidas para “perpetuar y reproducir la discriminación histórica y estructural” hacia dichos grupos. Esa lectura es compartida por Álvarez: “En el Perú se vive un conservadurismo bastante preocupante en distintos aspectos, no solo cultural, sino incluso jurídico. Podemos ser optimistas y pensar que próximamente nuestro país se va a construir con menos fragmentaciones, pero creo que eso va a demorar un tiempo”. Zelada, que comparte esa preocupación, se muestra optimista. “Ya no podemos discutir si es discriminatorio o no que a una persona no se le reconozca la identidad o no se le permita contraer matrimonio. La Corte se ha pronunciado claramente. Ahora tiene que haber voluntad de implementación y cambio de mentalidad. El Derecho les está dando una suerte de bofetada a nuestros funcionarios”, asegura el académico. Como Álvarez y Zelada, Leyla Huerta sabe que la opinión de la Corte es importante y sirve también como un llamado de atención. Para ella, la discusión sobre la igualdad es impostergable. “Si nos concentramos más en lo que dijo el Papa o en que Perú va al Mundial, ¿cómo vamos a pensar que en el Congreso habrá otro tipo de discusiones? Ya es hora de que se ponga el tema en debate. A nosotras nos están matando. Nos estamos muriendo”, dice preocupada. Gahela quiere ser optimista: “Confío en que estamos un poco más cerca de lograr cambios. Sé que tarde o temprano la diversidad sexual va a ser reconocida como tal. Si estoy en esa lucha es porque quiero que suceda... y sé que va a suceder”. Amenazadas Entre 2015 y 2016, ocho personas LGBTI fueron asesinadas de formas "particularmente crueles". Algunas fueron degolladas, asfixiadas o golpeadas hasta la muerte. En el mismo periodo, según el informe anual de Promsex, se detectaron 43 casos de atentados a la seguridad de personas LGBTI y 28 casos de discriminación. En las elecciones del 2016, el 27,7% de la población trans dijo haber sido discriminada cuando acudieron a sus centros de votación. Chile ya debate la identidad de género, Perú ignora la discusión A propósito del Óscar para la cinta chilena Una mujer fantástica, que cuenta la historia de una mujer trans, el gobierno de ese país ha pedido que se acelere la discusión sobre la identidad de género. “¡Las personas transgénero no pueden seguir esperando!”, reclamó la presidenta Michelle Bachelet. El proyecto se encuentra en la Cámara Mixta del Parlamento. En el Perú, a fines del 2016, la congresista Indira Huilca presentó un proyecto sobre la materia, cuyo debate ni siquiera ha iniciado. La parlamentaria confirmó que las comisiones de la Mujer y de Constitución han solicitado opiniones técnicas, pero el trámite es lento en comparación con otras iniciativas. El proyecto cautela los derechos de las personas trans y plantea que el cambio de nombre o género en el DNI se realice por vía administrativa a través de Reniec, como ordena la Corte IDH. Rafael Rodríguez, asesor de la jefatura nacional de Reniec, aseguró que la institución está a favor. Enfoque "Perú debe aplicar nuevos estándares de la Corte IDH" Percy Castillo Torres, adjunto para los Derechos Humanos y Personas con Discapacidad de la Defensoría del Pueblo La Corte IDH concluye que el reconocimiento del derecho a la identidad de género debe tramitarse en el marco de un procedimiento administrativo, exento de requisitos abusivos; resuelto en un plazo razonable y fundado en la manifestación de voluntad libre e informada de la persona. Esto concuerda plenamente con lo señalado por la Defensoría del Pueblo. La Corte señala que los Estados tienen la obligación de aprobar, de manera transitoria, una ley que reconozca a las parejas del mismo sexo los derechos que se derivan del matrimonio. Es una omisión inconstitucional mantener este desamparo legal, que debe ser atendido por el Congreso. La opinión consultiva establece una serie de estándares internacionales que deben ser aplicados por instituciones como el Poder Judicial y Reniec. Debemos recordar que esta opinión resulta vinculante para el Estado.❧