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Política

Pedro Castillo: ¿cuáles son las conclusiones por las que se recomienda acusar constitucionalmente al presidente?

La Comisión de Fiscalización del Congreso recomendó acusar constitucionalmente al mandatario Pedro Castillo por los casos Puente Tarata III, Sarratea, injerencia en ascensos de las FF. AA., entre otros.

El oficio de solicitud está firmado por Pedro Castillo y Aníbal Torres. Foto: Presidencia de la República
El oficio de solicitud está firmado por Pedro Castillo y Aníbal Torres. Foto: Presidencia de la República

El presidente de la República, Pedro Castillo, podría ser acusado constitucionalmente en el Congreso de la República a raíz del informe final de la Comisión de Fiscalización que recomendó esta prerrogativa contra el jefe de Estado luego de la investigación realizada sobre los casos Puente Tarata II, Sarratea, injerencia en los ascensos de las FF. AA., entre otros.

Este informe final, basado en la moción de orden del día N° 1422 que investiga a Pedro Castillo y sus presuntos vínculos con exfuncionarios en el MTC, así como exministros y empresarios investigados, será debatida en una próxima sesión de la Comisión de Fiscalización.

En caso de ser aprobado el expediente, deberá ser evaluado por la Comisión Permanente en una próxima sesión y, finalmente, si es admitido el informe, será llevado al Pleno del Congreso para decidir si se denuncia —o no— constitucionalmente a Castillo Terrones.

¿Cuáles son las conclusiones del informe?

Caso Puente Tarata III

La principal conclusión del informe (en el caso Puente Tarata III) es que tanto Pedro Castillo como Bruno Pacheco, exsecretario presidencial, Juan Silva, extitular del MTC, y los empresarios Zamir Villaverde y Karelim López estuvieron relacionados para “poder coordinar los direccionamientos de los resultados de los diversos procesos” dentro del MTC a favor de diversas empresas.

“Hubo entre ellos una distribución de roles conjuntamente con otros funcionarios, personas naturales y jurídicas”, se lee en el expediente.

Asimismo, la Comisión de Fiscalización señala que “está probada” la comunicación entre el jefe de Estado con los mencionados “durante los periodos de tiempo en que se realizaban diversas licitaciones” en el MTC para determinar los resultados del proceso de selección.

“Está comprobado que los empresarios, dueños de las empresas que conformaron el Consorcio Puente Tarata, entregaron beneficios económicos a Pedro Castillo, por intermedio de Karelim López (…) Está comprobado que la empresa TAPUSA, integrante del consorcio Puente Tarata, entregó sumas de dinero al entonces ministro Juan Silva por medio de Zamir Villaverde”, expresa el documento.

Pedro Castillo

Pedro Castillo

Por otro lado, precisa que también estaría comprobado que Raúl Doroteo, Ilich López, Elvis Vergara, Juan Carlos Mori, Jorge Flores, y Darwin Espinoza, legisladores de Acción Popular e integrantes del presunto grupo ‘Los Niños’, “habrían tenido participación para determinar los resultados de los procesos de selección de entidades del Estado”.

Del mismo modo, señalan a los sobrinos del presidente, Fray Vásquez Castillo y Gian Marco Castillo Gómez como los principales operadores de su tío y de Juan Silva en el MTC, junto con Rudbel y Fany Oblitas Paredes.

En consecuencia, la comisión asegura que existen “elementos probatorios” que acreditan los presuntos delitos de organización criminal, colusión y tráfico de influencias a Pedro Castillo, Bruno Pacheco, Juan Silva, Karelim López, Zamir Villaverde, Marco Antonio y George Pasapera Adrianzén, Gian Marco Castillo, Fray Vásquez Castillo, entre otros.

Caso ascensos en las Fuerzas Armadas

En el caso de supuestas injerencias en el ascenso de las Fuerzas Armadas (FF. AA.), la comisión concluyó que el exministro de Defensa, Walter Ayala, Bruno Pacheco y Pedro Castillo “han realizado acciones de intervención en el proceso de ascensos de los altos mandos del Ejército, a fin de que oficiales allegados al Ejecutivo sean beneficiados”.

“Existen suficientes indicios razonables de que a los oficiales a los que se les pretendía ayudar y beneficiar en el proceso de ascensos de 2021 realizado en la policía nacional, se le cobraban cupos o coimas y que sucedería lo mismo al interior de los procesos de ascensos en el Ejercito del Perú”, describe el documento que precisa que Castillo Terrones habría “intervenido directamente” en el proceso de estos ascensos.

Pedro Castillo

Pedro Castillo

En ese sentido, señalan que existirían “indicios razonables” para decir que los US$ 20.000 hallados en el baño del despacho de Bruno Pacheco “serían producto de cupos y coimas cobradas a los oficiales a los que se pretendía beneficiar en el proceso de estos ascensos en la Policía y el Ejército”.

Caso US$ 20.000 en Palacio de Gobierno

Del mismo modo, en el caso de los US$ 20.000 hallados en Palacio, la comisión destaca que fue la Fiscalía Anticorrupción que descubrió esta suma en la oficina de Bruno Pacheco, quien viene siendo investigado en varias fiscalías anticorrupciones.

Bruno Pacheco ha brindado diversas explicaciones contradictorias sobre el origen del dinero hallado; en un caso dijo que eran productos de sus ahorros, en otros dijo que era productos de las ventas de terrenos recibidos en herencia. En ningún caso acreditó sus dichos”, agrega.

Caso Sunat

Asimismo, el informe afirma que quedó corroborado que Bruno Pacheco “con la anuencia de Pedro Castillo” influyó, presionó e intimidó al superintendente de la Sunat, Luis Enrique Vera Castillo, con el objetivo de beneficiar a las empresas Grupo Deltron S. A. y MQVC Corporation SAC..

Además, de querer beneficiar al abogado Marco Urbina Chumpitassi, postulante al puesto de martillero público para la intendencia de la Sunat en Trujillo, para que gane tal plaza laboral.

“Ha quedado corroborado que, la señora Silvia Barrera Vásquez, a través de sus relaciones amicales con Bruno Pacheco Castillo y el presidente Pedro Castillo Terrones, intercedió ilícitamente para favorecer intereses privados”, menciona.

Caso Sarratea y SBN

En el caso de las reuniones en Sarratea, la comisión señala que, Pedro Castillo “ha transgredido el ejercicio de sus funciones” al no cumplir la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el cual indica que “los servidores del Estado están obligados a mantener actualizado y accesible el registro de visitas que haga el jefe de Estado, así como respetar el artículo 16.3 sobre la prohibición de las funciones públicas de atender actos de gestión fuera de la sede institucional”.

Cabe mencionar que la comisión recuerda que Pedro Castillo mantuvo reuniones fuera del domicilio legal del despacho presidencial en el distrito de Breña con exministros, congresistas, funcionarios y empresarios “con el propósito de planificar de manera conjunta actos de corrupción en la administración pública, en el contexto de una organización criminal, hechos criminales que viene siendo objeto de investigación” en el Ministerio Público.

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