Gómez Fernandini sobre el Congreso: "No vacarán a Boluarte porque quieren quedarse hasta el 2026"
La moción de vacancia contra Dina Boluarte no prosperó por falta de firmas en el Congreso. Los parlamentarios Raúl Doroteo y Elvis Vergara decidieron quitar sus rúbricas de esta medida.
El último jueves 12 de octubre, un grupo del Congreso presentó la segunda moción de vacancia contra Dina Boluarte por una presunta "incapacidad moral" al viajar al extranjero. Durante ese momento, Boluarte Zegarra se encontraba en su gira por Europa, por lo que se le acusó de vulnerar el artículo 115 de la Constitución Política del Perú tras haber salido de territorio nacional de manera inconstitucional. Esta figura iba a debatirse este miércoles 18 de octubre; sin embargo, los congresistas Raúl Doroteo y Elvis Vergara decidieron quitar su firmas. En ese contexto, David Gómez Fernandini aseguró que la vacancia no prosperará porque el Congreso y el Ejecutivo buscan quedarse hasta el 2026.
"En el Congreso se han retirado dos firmas de la moción de vacancia contra Boluarte horas antes de que vote su admisión, los congresistas Raúl Doroteo, no agrupado, y Elvis Vergara, de Acción Popular, quitaron sus firmas, lo que impediría que ingrese a la agenda de hoy", aseguró el conductor de 'Grado 5'.
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En ese sentido, agregó que esta medida no se aprobará, ya que eso implicaría un adelanto de elecciones. "La verdad es que no van a vacar a la presidenta Dina Boluarte, ni locos porque eso adelantaría las elecciones generales, se tendrían que ir todos y, justamente, el principal objetivo de los congresista y del Ejecutivo es quedarse hasta el 2026 contra viento y marea", agregó.
Cabe mencionar que los parlamentarios que presentaron esta figura contra Dina Boluarte no reconocen la aprobación de la presidencia remota que llevó a cabo el Congreso. Como se recuerda, amparada de este mecanismo, Boluarte Zegarra puede salir al extranjero a pesar de no contar con vicepresidentes.
“En este sentido, la salida de la Sra. Dina Boluarte, del territorio nacional en su condición de presidenta de la República, violando flagrantemente el segundo párrafo del artículo 115° de la Constitución Política del Perú, amparada en una norma evidentemente inconstitucional, configura estar incursa en la causal de vacancia por incapacidad moral prevista en el numeral 2 del artículo 113° de la Constitución Política del Perú”, dice la moción.