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Política

Referéndum para Asamblea Constituyente: 5 claves del proyecto enviado por Pedro Castillo al Congreso

Proyecto del Ejecutivo, que sería el primer paso de una larga ruta hacia una nueva constitución, dio a conocer —este lunes 25— sus primeros alcances sobre cómo se conformaría una eventual asamblea constituyente y los detalles de su financiamiento.

Este lunes 25, el Ejecutivo envió el proyecto del referéndum para la elaboración de una nueva constitución. Foto: diseño de Fabrizio Oviedo / GLR
Este lunes 25, el Ejecutivo envió el proyecto del referéndum para la elaboración de una nueva constitución. Foto: diseño de Fabrizio Oviedo / GLR

El Ejecutivo, integrado por el presidente de la República, Pedro Castillo y el titular de la Presidencia del Consejo de Ministros, Aníbal Torres, mandó —este lunes 25 de abril— el proyecto de reforma constitucional para que en las próximas Elecciones Regionales y Municipales 2022 se le entregue a cada ciudadano una cédula con la pregunta relacionada a si estaría de acuerdo o no con convocar a una asamblea constituyente y la posterior elaboración de una nueva constitución.

Actualmente, la Constitución establece dos escenarios para un cambio de Constitución, el primero requiere el voto aprobatorio de 66 congresistas y ratificación vía referéndum. La segunda vía es a través del voto aprobatorio de 87 parlamentarios en dos legislaturas consecutivas. Ambos caminos vedados para el Ejecutivo, al no contar con los votos necesarios. Este proyecto plantea una tercera vía que es por propuesta del jefe de Estado, los dos tercios del Congreso o por el 0.3% de la población y aprobada por referéndum.

Referéndum en las próximas elecciones 2022

Tal y como expresó Aníbal Torres en conferencia de prensa, el Ejecutivo entiende que la manera más democrática de darle una solución a las posiciones encontradas en torno una eventual asamblea constituyente es a través de un proceso de consulta popular, en la cual sea la misma población la que decida si el presidente Pedro Castillo debe abandonar su pretensión de cambiar la Constitución o darle el espaldarazo que necesita el jefe de Estado para materializar su promesa electoral más polémica.

La consulta sería la siguiente: ¿Aprueba usted la convocatoria de una asamblea constituyente encargada de elaborar una nueva constitución política? La consulta sería realizada durante las próximas Elecciones Regionales y Municipales 2022, a través de una hoja extra que sería añadida a la cédula de votación durante la segunda mitad de este año, cuando los peruanos acudamos a las urnas a emitir nuestro voto.

Asamblea constituyente tendría un plazo de nueve meses

Según el proyecto enviado por el Ejecutivo, la asamblea constituyente tendría como su labor principal la redacción de la propuesta de la nueva constitución política del Perú. Para ello, se le otorgaría un plazo de nueve meses desde su instalación, periodo que podrá prorrogarse únicamente por 120 días. El proyecto deja en claro que esta entidad no podrá entorpecer el trabajo de otros organismos de rango constitucional.

“Los poderes constituidos u organismos constitucionalmente autónomos no pueden impedir en forma alguna las decisiones de la asamblea constituyente. Esta tampoco podrá modificar el actual periodo del mandato para el cual fueron elegidos el presidente y los congresistas de la República”, dice el texto.

Una asamblea constituyente conformada por 130 asambleístas

La asamblea constituyente estaría conformada por 130 asambleístas y su conformación tendrá un carácter popular, plurinacional y con paridad de género. Se advierte que pueden ser asambleístas los ciudadanos y ciudadanas que reúnan las condiciones contempladas en el último párrafo del artículo 90 de la Constitución Política actual.

“El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones regula la forma de elección y la distribución de escaños de la asamblea constituyente, que deberá estar compuesta por: el cuarenta por ciento (40%) por representantes de organizaciones políticas inscritas, el treinta por ciento (30%) por candidatos o candidatas independientes, el veintiséis por ciento (26%) por representantes de pueblos indígenas y el cuatro por ciento (4%) por representantes de los pueblos afroperuanos”, dispone el proyecto.

Una entidad con paridad de género e inclusiva

La meta es alcanzar una verdadera paridad de género en la conformación de una eventual asamblea constituyente. Para ello, será el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) el que regulará la distribución de escaños en cumplimiento con una real paridad de género, así como una representación de los pueblos indígenas y representantes de pueblos afroperuanos.

“Con su regulación, deberá garantizar la paridad de género en las candidaturas y en la composición de la asamblea constituyente, así como la participación de personas con discapacidad. El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones elabora y aprueba el cronograma electoral en un plazo no mayor de diez (10) días calendario desde la convocatoria para la elección de miembros de la asamblea constituyente”, señala.

¿Cómo se financia una asamblea constituyente?

Evidentemente, la instalación de una asamblea constituyente le generaría un costo al Estado peruano, el cual deberá ser cubierto por el Ejecutivo, así garantizando su conformación y correcto funcionamiento: “El Poder Ejecutivo garantiza los recursos que resulten necesarios para cubrir los gastos de instalación y funcionamiento de la asamblea constituyente”, sostiene la propuesta.

Además de este financiamiento, el proyecto aclara que todas las entidades públicas mantienen sus funciones, competencia y atribuciones: “Durante la elaboración del proyecto de nueva constitución política, todos los organismos constitucionalmente autónomos, gobiernos regionales y locales y demás entidades públicas, mantienen plenamente sus funciones, competencias y atribuciones”.

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