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Política

Denuncia ante la SAC contra Sagasti no procedería, pero sí para Bermúdez y Ugarte

El constitucionalista César Delgado añadió que el presidente está protegido por la prerrogativa que posee debido al rol que desempeña. En el caso de los ministros, la acusación recién podría verse con el próximo Congreso.

Congresista César Gonzales presentó una denuncia constitucional contra Francisco Sagasti, Violeta Bermúdez y Óscar Ugarte. Foto: composición/GLR
Congresista César Gonzales presentó una denuncia constitucional contra Francisco Sagasti, Violeta Bermúdez y Óscar Ugarte. Foto: composición/GLR

Luego de que se diera a conocer que el congresista César Gonzales (Descentralización Democrática) presentó una denuncia constitucional ante la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC) contra el presidente Francisco Sagasti; la primera ministra, Violeta Bermúdez, y el ministro de Salud, Oscar Ugarte, aludiendo responsabilidad por la vacunación con Pfizer de Martín Vizcarra, especialistas consideraron que esto no procedería.

La acusación señala que los tres funcionarios habrían cometido infracción de los artículos 9 y 38 de la Constitución por la presunta comisión de los delitos de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales, y de peculado doloso.

“Lo señalado no hace más que demostrar que los denunciados infringieron la Constitución flagrantemente y poseen una total responsabilidad penal dolosa y omisiva a la vez, respecto del aprovechamiento y favorecimiento indebido que realizó el expresidente este 27 de junio; pues dicha conducta no comprende un mero ‘error’ del sistema, como lo ha precisado el titular del Minsa”, expresa el documento.

El abogado constitucionalista César Delgado, aseguró que la denuncia solo sería procedente para Violeta Bermúdez y Óscar Ugarte por su condición de ministros, pero no para el presidente debido a que él tiene una “prerrogativa especial” y solo puede ser denunciado por actos específicos.

Al presidente solamente se le puede denunciar por una causal que tenga que ver con traición a la patria, por no convocar elecciones, por impedir el funcionamiento del Congreso, por impedir el funcionamiento del Jurado Nacional de Elecciones. Pero es improcedente la denuncia constitucional contra él”, declaró a La República.

Además, indicó que aunque Sagasti Hocchausler haya sido elegido como presidente del Congreso, no está actuando como tal, sino que está ejerciendo las funciones de mandatario interino de la República. Por lo tanto, la acusación no procedería.

La denuncia va a tener que ser declarada improcedente, lo que sí cabe que ocurra es que se deje en suspenso esa denuncia hasta que concluya su periodo presidencial”, manifestó Delgado como opción del Parlamento.

Este congreso no vería denuncias constitucionales contra Bermúdez y Ugarte

En tanto, César Delgado resaltó que, debido al tiempo que le toma a la Comisión de Acusaciones Constitucionales ver una denuncia, así como a la Permanente, y los pocos días que les queda a los congresistas para sesionar, este tema lo vería la nuevo representación nacional.

En el caso de la señora Bermúdez y del señor Ugarte, ya no se va a poder realizar durante este periodo constitucional, así que probablemente se quede y todo eso pasa al archivo. Desde ahí cabe que el próximo Congreso lo actualice con un acuerdo de Consejo Directivo”, argumentó.

Además, afirmó que, si el Parlamento electo decide actualizar las acusaciones, recién podrían verse a la mitad del mes de agosto.

¿Tendrían alguna responsabilidad penal?

El abogado penalista Luis Lama Puccio manifestó que ni el presidente Francisco Sagasti ni la titular del Consejo de Ministros, Violeta Bermúdez, podrían tener alguna responsabilidad penal en la vacunación del expresidente Vizcarra debido a que no está “dentro de sus funciones”.

Sin embargo, consideró que Ugarte sí podría ser juzgado y tendrá que explicar quiénes eran aquellos a los que les correspondía anular del padrón de vacunación a los que que ya habían sido inmunizados.

“Lo que se tiene que investigar es cuáles son las acciones administrativas dentro de la jerarquía del sector salud que se implementaron para retirar de la lista a los que ya se habían vacunado (...). Eso tendrá que explicarlo el ministro de Salud porque, si no tiene una razón que lo justificara, él habría omitido una función que sí le correspondía”, manifestó a este medio.

Por su parte, la especialista en derecho penal Liliana Calderón consideró que ni el mandatario ni la presidenta del Consejo de Ministros o el titular de Salud podrían ser denunciados penalmente por la vacunación de Martín Vizcarra.

“El programa de vacunación ha sido determinado con los pasos que ha correspondido, incluso con el diseño de un padrón y todo ello. Entonces, en este caso no es que el ministro se haya apropiado de una vacuna o haya hecho un uso indebido. Yo no encuentro responsabilidad penal en estos dos artículos que invocan en la denuncia. No considero que exista sustento para que la conducta o el hecho cuadre en estos delitos. Esto no debería proceder”, puntualizó.

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