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Soluciones frente a una violación

“Preocupa que las soluciones planteadas se encaminen a acallar en lo inmediato a la opinión pública, antes que pensar en medidas con verdadero impacto...”.

“Una violación contra un menor de edad se produce cuando se mantiene relaciones sexuales con una persona menor de 14 años de edad”. Según el Ministerio de la Mujer y Poblaciones, en los últimos cuatro años, más de 21 mil menores han sido víctimas de violación. Además, entre 2018 y 2021, el delito de violación sexual de menor de edad es el segundo entre la población penitenciaria (solo superado por el robo agravado). De acuerdo al Instituto Nacional Penitenciario (a mayo 2021), hay casi 10,000 personas detenidas (9,826) y alrededor del 30% están aún procesadas sin condena.

En los últimos días, se han hecho públicos casos de violación de niños/as en diversas zonas del país, lo que ha generado justificadamente mucha indignación y que se planteen posibles acciones desde el Estado. Dos medidas se han discutido: la castración química y la pena de muerte.

La castración química es un procedimiento médico, por el cual se utilizan hormonas para reducir los niveles de testosterona, inhibir la libido y, con ello, controlar los impulsos sexuales. Sin embargo, se cuestiona su implementación porque no existen estudios concluyentes sobre su efectividad, tanto porque no se emplearon grupos de control –a los que no se aplique la castración química– para comparar los resultados como porque el único estudio que habría obtenido resultados positivos (de la reducción de la reincidencia en un 37%) combinó a quienes se sometieron a castración física y química. Pero, además, el problema es que la violación no es un tema de deseo sexual, sino de impulsos que provienen de la mente y/o del deseo de poder, por lo que es posible pretender cometer estos actos execrables aún luego de haber tenido una castración (incluso física), con elementos distintos para perpetrar la violación.

La otra medida es la posibilidad de aplicar la pena de muerte. Para pretender incorporarla en el Código Penal para violación de menores, habría que denunciar la Convención Americana de Derechos Humanos porque, mientras se esté en el ámbito de este tratado, no es posible ampliar los supuestos en que el país aplica la pena de muerte (artículo 4). Al margen de que abandonar el sistema interamericano de derechos humanos, pese al deseo de ciertos sectores, dejaría a las peruanas y peruanos desprotegidos frente a las violaciones de derechos, el motivo para oponerse a la pena de muerte no es solo jurídico, sino de eficiencia. Las penas altas –como la ya existente cadena perpetua– no suelen ser un desincentivo para quienes cometen estos actos, además de que siempre es posible equivocarse e imponer la pena de muerte a quien no ha cometido el delito.

Preocupa que las soluciones planteadas se encaminen a acallar en lo inmediato a la opinión pública, antes que pensar en medidas con verdadero impacto como incidir en que el currículo en los centros educativos busque interiorizar la igualdad de todas las personas (para lo que sirve el enfoque de género, que se rechaza sin fundamento) e informar sobre la salud sexual y reproductiva. También adoptar acciones para un adecuado juzgamiento de estos casos, no que apunten a aumentar penas, sino a garantizar una decisión con mayor celeridad. Ello pasa por establecer procedimientos abreviados, además de reforzar la especialización para una mejor atención de este tipo de delitos en la Policía, la Fiscalía y el Poder Judicial, incluida la presencia de peritos y médicos legistas para las investigaciones respectivas. Todo ello con la permanente preocupación por evitar la revictimización de las personas agraviadas mientras deben dar testimonios y someterse a diferentes pruebas.

Una violación es un acto terrible. Evitarla hacia el futuro merece una verdadera solución, antes que respuestas solo dirigidas a la tribuna.

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