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Retrocesos institucionales, por Ana Neyra

“¿Esto quiere decir que tenemos que coincidir con todas las actuaciones de quienes integran estas entidades? La respuesta es un contundente no...”.

La atención estaba enfocada en el intento del Congreso de destituir a los integrantes de la Junta Nacional de Justicia vía una inexistente causa grave y, mientras tanto, surgen nuevas acciones contra instituciones.

Primero, el (nuevo) intento de remover al procurador general del Estado, que pretende sustentarse en un informe de la Contraloría, que reitera el criterio por el que previamente se le removió: que no habría cumplido el perfil al momento de su designación. Al margen de los debates sobre el tema, lo cierto es que el Poder Judicial (en dos instancias) ordenó que sea restituido y que la única posibilidad de que deje el cargo es una falta grave. ¿Tiene alguna vinculación con su rol para determinar la responsabilidad en las muertes producto de la represión violenta de las protestas?

También la suspensión al coordinador del equipo especial Lava Jato, dispuesta por la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público. Este organismo, creado tras los escándalos de corrupción judicial en el año 2018 (“Lava Juez” y “Cuellos Blancos”), buscaba resolver un problema: la dificultad para que una entidad que dependa de la propia institución (Poder Judicial o Ministerio Público) sea realmente imparcial y objetiva para imponer sanciones a jueces y fiscales.

¿Es la Autoridad de Control la solución al problema? Aún está pendiente analizarlo integralmente (sus actuaciones no habían sido muy visibilizadas hasta ahora); sin embargo, debe indefectiblemente cuestionarse que una persona que emita una sanción apenas se integra a un órgano decisor o que sea una infracción dar una declaración crítica contra otra autoridad (aunque se discrepe del tono o contenido).

Permite además cuestionar está tan limitada percepción de la libertad de expresión que se pretende imponer a jueces y fiscales, lo que la Corte Interamericana ya ha descartado: casos López Lone y otros contra Honduras (2015), Urrutia Laubreaux contra Chile (2020) y Nissen Pessolani contra Paraguay (2023); este último específicamente sobre la destitución de un fiscal, como destaca repetidamente, entre otras entidades, el Programa de Independencia Judicial de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF).

¿Esto quiere decir que tenemos que coincidir con todas las actuaciones de quienes integran estas entidades? La respuesta es un contundente no. Nos puede parecer que sus decisiones no son las más adecuadas, oportunas o pertinentes, pero esto no puede equipararse a pretender que se les excluya de sus respectivas instituciones por una determinada acción que no configura falta grave. La defensa debe ser a la autonomía de las instituciones y sus integrantes, a fin de que puedan ejercer adecuadamente sus funciones, con plena autonomía, y sin estar en constante preocupación por su estabilidad o permanencia en el cargo.

Aunque por ahora se han detenido, lo mismo podría decirse respecto de los intentos de remover al presidente y los integrantes del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (por un supuesto fraude que, pese a todos los intentos, nunca lograron probar).

Otra decisión es la del Poder Ejecutivo de eliminar la Dirección General de Transversalización del Enfoque de Género del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Peor en un contexto de incremento de la violencia contra las mujeres (feminicidio, hostigamiento sexual, abortos terapéuticos negados que generan la muerte, especialmente a menores de edad).

¿Cuál es la tarea desde la ciudadanía? Visibilizar estos retrocesos y levantar la voz a favor de las instituciones, al margen de nuestras coincidencias o discrepancias con sus acciones específicas.

Lo que se busca es evitar que se afecte a instituciones autónomas, que son las que pueden contribuir y ser parte la resistencia frente a los constantes ataques a la democracia en nuestro país.

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