Antes de firmar un contrato laboral es bueno que los trabajadores sepan el tipo de vínculo que tendrán con su futuro empleador.,¿Qué es un contrato de trabajo? Un contrato laboral es un acuerdo entre empleado y empleador que da inicio al vínculo laboral. Está determinado por obligaciones y derechos entre ambas partes. De acuerdo a Yessica Morales, especialista de Ofisis, existen tres tipos de contrato . ¿Cuáles son los tipos de contrato de trabajo? Contrato indefinido De acuerdo a Morales, este tipo de contrato no tiene una fecha determinada de expiración. La causal de despido puede ser una falta grave que amerite que un trabajador deba ser apartado de la empresa. El empleado bajo este tipo de contrato goza de todos los beneficios laborales que brinda la ley peruana; es decir, CTS, asignación familiar, gratificaciones, vacaciones, seguro social, entre otros. Contrato a plazo fijo o determinado En este caso, empleado y empleador acordaron que el vínculo laboral solo sea por un tiempo determinado, para ejercer una actividad o necesidad específica. Hay tres subdivisiones para este tipo de contrato. - Temporal: Se puede dar por lanzamiento o inicio de actividad; por la necesidad de mercado, por ejemplo en campañas del Día de la Madre o Día del Padre donde se exige una mayor cantidad de producción; y la reconversión empresarial que se produce cuando se afrontan cambios importantes dentro de ella. - Ocasional: Puede darse por suplencia, como reemplazo por vacaciones o descanso pero o post natal; y emergencia, cuyo fin es cubrir necesidades imprevistas y graves. - Accidental: Puede ser específico, que permite actividades cuyo inicio y fin estén claramente predeterminados; intermitente, que es para necesidades permanentes pero discontinuas; y el contrato de temporada, que solo es para servicios puntuales que no son frecuentes. El plazo para este tipo de contrato no puede superar los cinco años; si fuera el caso, la condición del empleado cambia y pasa a tener un contrato indefinido. Morales puntualiza que este contrato debe ser registrado ante el Ministerio Trabajo y Promoción del empleo dentro de 15 días, especificando la fecha de inicio y culminación. Contrato a tiempo parcial El contrato a tiempo parcial o “part-time” demanda un horario de trabajo que no supera una jornada de 4 horas diarias. A diferencia del contrato indefinido o de plazo fijo, los trabajadores que tienen esta modalidad, no tiene derecho a los beneficios laborales como CTS, vacaciones, indemnización por falta del descanso vacacional ni la indemnización por despido arbitrario. Sin embargo, tienen derecho a gratificaciones legales y derecho al descanso semanal obligatorio, al descanso en feriados, horas extras, seguro social, seguro de vida, pensiones, asignación familiar, utilidades y sindicalización. De acuerdo a la experta de Ofisis, hay dos recomendaciones que los empresarios deben seguir para no tener inconvenientes con la ley, ni con los trabajadores. 1. Que la redacción del contrato sea muy clara. El hecho de poner muchos tecnicismos probablemente cause dudas por parte del empleado y genere confusiones y malinterpretaciones a futuro. 2. Tener contratos pre establecidos para cada uno de los puestos. Uno de los errores que las empresas cometen es que demandan mucho tiempo en generar contratos para cada persona. Si tienen contratos para cada perfil laboral de su giro de negocio, ahorrarían mucho tiempo y dinero al momento de celebrar sus contrataciones. Para evitar posibles errores, Morales recomienda automatizar los procesos de generación de contratos, a través de un software de planillas. “A través de Ofiplan, administramos diversos tipos y modalidades de contrato, configurando alertas automáticas para gestionar correctamente la emisión, vencimientos y renovaciones de los mismos en la empresa, de manera inmediata”, explica.