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Si mi cónyuge no se dedica al cuidado de los hijos, ¿debe sostener económicamente el hogar?

Formar una familia conlleva muchas responsabilidades. Algunos padres prefieren no dedicarse al cuidado de los hijos para concentrar su tiempo en otras actividades. ¿Qué dice el Poder Judicial sobre esto?

En Perú, es muy común que la tarea de cuidar a los hijos recaiga en uno de los cónyuges. Foto: PQS
En Perú, es muy común que la tarea de cuidar a los hijos recaiga en uno de los cónyuges. Foto: PQS

En algún punto de la vida de muchos peruanos se tomará la decisión de formar una familia. Esta elección conlleva varias responsabilidades, más si se tendrá hijos que necesitarán bastante tiempo de cuidado y una buena solvencia financiera por parte de sus padres. En una gran cantidad de hogares en el país, la tarea de atender a los pequeños de la casa suele recaer sobre uno de sus papás, mientras que el otro invierte su tiempo en otras actividades. ¿Qué obligación tiene mi cónyuge si no se dedica al cuidado de los hijos?

El Poder Judicial se refiere a la responsabilidad de los cónyuges con los hijos

El Poder Judicial, a través de sus redes sociales, señaló que el artículo 291 del Código Civil detalla la obligación unilateral de sostener la familia. De esta manera, el PJ menciona que si uno de los cónyuges cuida a tiempo completo de sus hijos y del hogar, la obligación de sostener económicamente a la familia recae sobre el otro, sin perjuicio de la ayuda y colaboración que ambos cónyuges se deben en uno y otro campo.

Además, asegura que la obligación de uno de los cónyuges de alimentar al otro se acaba cuando este abandona el hogar sin alguna razón justificada y rechaza regresar a la casa. En estos casos, un juez podría ordenar el embargo parcial de las rentas del esposo abandonante en beneficio de los hijos y del cónyuge inocente. Esta orden queda sin efecto si así lo solicitan ambos cónyuges.

 Según el Poder Judicial, el cónyuge que no se dedique al cuidado de los hijos deberá solventar económicamente a la familia. Foto: difusión

Según el Poder Judicial, el cónyuge que no se dedique al cuidado de los hijos deberá solventar económicamente a la familia. Foto: difusión