Si no cumples con este importante requisito, el SIS no te reembolsará los gastos por sepelio
El Seguro Integral de Salud (SIS) dispone para sus asegurados una prestación económica de sepelio. Para obtener este reembolso de gastos es indispensable este paso. Te contamos.
El Seguro Integral de Salud (SIS) es un organismo público al servicio de todos los ciudadanos dentro del Perú. El SIS otorga a todos sus afiliados atención y medicamentos gratuitos o a un costo módico. Igualmente, la aseguradora otorga una Prestación Económica de Sepelio para los usuarios de cualquiera de sus tipos de planes.
El reembolso económico que otorga el SIS varía de acuerdo a la edad del asegurado fallecido, siendo el monto máximo S/1.000. Para poder cobrar con seguridad el abono existe un requisito indispensable que cumplir. Te contamos cuál es.
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¿Cuál es el requisito indispensable para cobrar la prestación económica de sepelio del SIS?
El reembolso por gastos de sepelio que otorga el Seguro Integral de Salud cuenta con requisito indispensable, que la solicitud para el cobro del abono económico sea hecho antes de los dos meses desde el deceso del asegurado. Es decir, que si es que ya pasaron más de 60 días desde el registro del acta de defunción emitida por el RENIEC no se ha presentado solicitud alguna, no existe derecho a reclamo de parte de los acreditados.
Cabe resaltar que aquellos que pueden presentar la solicitud son aquellas personas que hayan sido designadas para recibir este beneficio durante la afiliación al Seguro Integral de Salud (SIS). Así como los familiares hasta el 4to grado de consanguinidad o 3er grado de afinidad. La madre o el padre del recién nacido fallecido o natimuerto, y de forma excepcional la persona que sustente haber realizado gastos de sepelio.
El plazo para recoger el subsidio de SIS es de 90 días. Foto: composición LR/La República
La documentación que deberá ser presentar oportunamente de la Press a la Ipress pública será la siguiente:
- Solicitud de pago de prestación económica de sepelio llenada y firmada por el acreditado del fallecido.
- Comprobante de pago original —debidamente cancelado— por los servicios funerarios del asegurado fallecido, emitidos a nombre del acreditado.
- Copia certificada del acta de defunción expedida por Reniec.
- Copia del certificado de defunción.
- Declaración jurada de gastos por prestación económica de sepelio.
- Si fue cremado: copia de autorización de Cremación.
- Si no estás designado como acreditado, deberás presentar la declaración jurada de 4.º grado de consanguinidad o 3.º grado de afinidad.
- Si los gastos se hicieron en zona rural: declaración jurada de gastos por servicios realizados. Anexo n.º 02.