Semana Santa: todo lo que debes conocer si viajarás, tras la declaratoria de la Red Vial Nacional
Asimismo, la normativa permitirá asegurar y garantizar “la tranquilidad en el desplazamiento de las personas”.
La Semana Santa es aprovechada por muchas personas para viajar, ya sea para conmemorar la vida, pasión y muerte de Jesús, o simplemente para un relajo. No obstante, el Gobierno declaró este jueves 7 de abril el estado de emergencia en la Red Vial Nacional por 30 días calendario, por lo que muchas personas se preguntan si la medida afectará los planes para acudir a los distintos atractivos turísticos que tiene el Perú, ya que durante este periodo la Policía Nacional del Perú (PNP) mantendrá el control del orden interno con el apoyo de las Fuerzas Armadas.
¿En qué consiste la declaratoria de emergencia?
El objetivo será mantener el control del orden interno. Este será resguardado por la Policía Nacional del Perú (PNP) con el apoyo de las Fuerzas Armadas.
El Decreto Supremo precisó que, en caso se dé la perturbación de la paz o del orden, se puede suspender o restringir los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio.
¿Cómo funcionará la Red Vial Nacional por los viajes de Semana Santa?
Según el Decreto Supremo 035-2022-PCM, publicado en el diario El Peruano, se dio cuenta de que “la medida no afectará a las personas que estén viajando y haciendo turismo tranquilamente, pues está dirigida específicamente a la gente que está bloqueando las vías y causando grave alteración del orden”.
Asimismo, la normativa permitirá asegurar y garantizar “la tranquilidad en el desplazamiento de las personas”.
¿Qué es la Red Vial Nacional?
La Red Vial Nacional está constituida por las carreteras de interés nacional y conformada por los principales ejes longitudinales y transversales, que constituyen la base del Sistema Nacional de Carreteras (Sinac), según establece el Reglamento de Jerarquización Vial (Decreto Supremo Nº 017-2007-MTC). No comprende las vías del ámbito urbano.