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Impuesto a la renta en Colombia: ¿eres uno de los pensionados que deberán declarar ante la DIAN en 2024?

Si el patrimonio bruto del pensionado, al 31 de diciembre de 2023, es igual o superior a 190.854.000 pesos, está obligado a declarar renta a la DIAN. Revise el resto de casos donde es obligatorio este proceso.

Cuando un contribuyente no presenta su declaración en el plazo estipulado por la DIAN, esta entidad puede llevar a cabo una liquidación de aforo basada en el valor del último patrimonio líquido declarado. Foto: composición LR/El País de Cali/DIAN
Cuando un contribuyente no presenta su declaración en el plazo estipulado por la DIAN, esta entidad puede llevar a cabo una liquidación de aforo basada en el valor del último patrimonio líquido declarado. Foto: composición LR/El País de Cali/DIAN

En Colombia, la obligación de presentar la declaración de renta ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) corresponde a las personas naturales que cumplan ciertos requisitos relacionados con sus ingresos y otras transacciones financieras que se consideran relevantes. Los pensionados colombianos están exceptuados de realizar este procedimientos. Conoce en qué casos es obligatorio para los pensionados declarar ante la DIAN y cuál es el proceso.

¿Qué pensionados deben declarar ante la DIAN en 2024?

Además, algunos pensionados están obligados a declarar renta si cumplen con alguno de los siguientes criterios:

  1. Patrimonio bruto: si el patrimonio bruto al 31 de diciembre de 2023 es igual o superior a $190.854.000. Esto implica sumar el valor de todos los activos, como propiedades, vehículos, cuentas bancarias e inversiones, sin deducir deudas.
  2. Ingresos totales: si los ingresos totales durante el año gravable 2023 son iguales o superiores a $59.377.000. Se incluyen ingresos por pensiones, rentas de arrendamiento, honorarios, intereses, dividendos, entre otros.
  3. Pensiones gravadas: si la pensión mensual supera las 1.000 UVT (aproximadamente $47 millones de pesos), solo 1.000 UVT del total será exenta de pago y el resto estará sujeto al impuesto sobre la renta.
  4. Rentas extranjeras: si reciben rentas de origen extranjero que superen $1.000.000.
  5. Responsabilidad fiscal: si son responsables del impuesto sobre la renta en representación de otra persona.
  6. Compras y consumos: si realizaron compras y consumos por más de $59.377.000 en el año gravable 2023.

En Colombia, desde 2023, las pensiones no están sujetas al impuesto sobre la renta, lo que implica que el dinero que recibe un pensionado como jubilación no está gravado. No obstante, si la pensión supera las 1.000 UVT (aproximadamente 47 millones de pesos), el excedente sí estará sujeto a dicho impuesto.

DIAN 2024: revisa lo que debe hacer un pensionado antes de declarar

Antes de presentar la declaración de renta ante la DIAN, los pensionados en Colombia deben completar el siguiente proceso:

  1. Registro Único Tributario (RUT): asegúrese de que el RUT esté actualizado y que su actividad económica esté marcada como "0020 Pensionado".
  2. Comprobantes de pensiones: reúna los recibos o certificados de pago de pensiones correspondientes al año gravable que va a declarar.
  3. Certificados de ingresos y retenciones: si tiene ingresos adicionales a la pensión, obtenga los certificados correspondientes de ingresos y retenciones.
  4. Soporte de deducciones: si es elegible para deducciones, recopile los documentos que las justifiquen, como facturas y recibos.

¿Cuáles son las sanciones por no declarar impuesto al patrimonio?

La Ley 2277 de 2022, a través de la reforma tributaria, estipula que los contribuyentes que no examinen su patrimonio de manera adecuada y no presenten la declaración de renta dentro del plazo establecido enfrentarán importantes sanciones por extemporaneidad y omisión, según los artículos 641 y 643 del Estatuto Tributario. Además, si no se entrega la declaración a tiempo, la DIAN tiene la facultad de imponer sanciones, que incluyen intereses moratorios y penalizaciones por corrección e inexactitud.

Cuando un contribuyente no presenta su declaración en el mes posterior a la notificación de la DIAN, esta puede efectuar una liquidación de aforo basada en el valor del último patrimonio líquido declarado. En esta situación, puede imponer una sanción de hasta el 160% del impuesto calculado. No obstante, si el contribuyente corrige su situación fiscal dentro del plazo para presentar un recurso de reconsideración, la sanción puede reducirse al 50%.

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