Con el mes de diciembre ya en curso, se da inicio a una temporada repleta de fechas festivas y, con ello, días libres. En algunos casos aplican para el sector público y en otros también para los trabajadores privados. En esta misma línea, una gran cantidad de personas que vive dentro del Perú podrá disfrutar de estos días de descanso, ya sea para compartir en familia, recrearse, entre otras actividades.
No obstante, es importante conocer a qué se deben estas fechas y si podrás contar con tiempo libre adicional esta semana. En esta nota responderemos estas y otras interrogantes en torno al 8 y 9 de diciembre.
Como algunas fechas de carácter conmemorativo, tanto el viernes 8 como el sábado 9 de diciembre han sido decretados como feriado nacional, por ende las personas que laboran para el Estado o se encuentran en planilla en una empresa privada podrán hacer uso de estos días libres con los beneficios laborales que esto implica.
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Estas fechas, 8 y 9 de diciembre, son considerados feriados nacionales. El primero es en honor al Día de la Inmaculada Concepción, una celebración de índole religiosa cuyo origen se remonta al siglo XIX por el papa Pío XI. Como parte de las actividades para esta festividad se llevan a cabo procesiones, misas, fiestas patronales, entre otras manifestaciones.
Por su parte, el 9 de diciembre será celebrado como feriado por primera vez en el Perú debido a la promulgación de la Ley n.° 31381. Esta fecha conmemora el 199 aniversario de la batalla de Ayacucho, un hecho histórico que consolidó la independencia definitiva de nuestro país y marcó el final del dominio español en Sudamérica.
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La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) establece que, si un trabajador realiza sus funciones habituales durante los feriados del viernes 8 y el sábado 9 de diciembre y no tiene la posibilidad de obtener un descanso sustitutorio, deberá recibir un triple pago por estos conceptos: