Los peruanos disfrutaremos del último feriado largo de este año que iniciará con el día no laborable del jueves 7 de diciembre y finalizará el domingo 10 de ese mes. En esta oportunidad, existen dos fechas festivas como la Inmaculada Concepción de la Santísima Virgen María y la conmemoración de la Batalla de Ayacucho, que permitirán disponer de un periodo de descanso para los trabajadores y estudiantes.
Además, el cuarto día de la próxima semana es no laborable, de acuerdo a lo decretado por el Gobierno, pero su aplicabilidad no es para todos. A continuación, infórmate sobre quiénes descansarán el próximo jueves 7 de diciembre y conoce todos los detalles sobre este feriado largo en el último mes del año.
Con el propósito de crear fines de semana largos para promover el turismo en nuestro país, el gobierno declaró una serie de días no laborables este año. En el caso de diciembre, el próximo jueves 7 fue declarado como día no laborable y es aplicable para los trabajadores que se desempeñan en el sector público, según lo estipulado por el Decreto Supremo N.° 151-2022-PCM.
A diferencia de un feriado, las horas dejadas de laborar deben compensarse en los 10 días posteriores o según convenga cada entidad pública. Finalmente, quienes laboren en empresas privadas, su acogimiento es opcional y dependerá de un acuerdo entre el empleador y el trabajador solicitante decidir si corresponde o no el descanso en dicha fecha. Vale mencionar que a falta de consenso, la palabra final la tendrá el jefe directo.
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El jueves 7 de diciembre ha sido decretado como día no laborable en el sector público, de acuerdo con el Decreto Supremo 151-2022-PCM. En ese sentido, la Cámara de Comercio de Lima señaló en una nota de prensa que las personas que laboren durante este día recibirán un pago simple, sin sobretasa.
Además, recuerdan que el 7 de diciembre se considera día hábil para fines tributarios (declaración y pago de impuestos) y que las entidades públicas deben adoptar todas las medidas necesarias para mantener los servicios públicos indispensables, así como la atención al público en general.
Además del jueves 7 de diciembre, el Decreto Supremo N.° 151-2022-PCM establece la existencia de otros días no laborables como el martes 26 de diciembre y en el caso del próximo año, será el lunes 2 de enero.
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Un feriado es una fecha de descanso obligatorio que es remunerado y que puede ser compensado con otro día de descanso o con el pago por la jornada trabajada ese día. Por otro lado, un día no laborable es una fecha establecida por el Gobierno mediante decreto supremo, que es compensable y en la que el trabajador debe devolver las horas en las que no laboró.