El Congreso de la República aprobó el pago del 100% de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) para los docentes y auxiliares de colegios públicos al momento de su jubilación para este 2023. Con esta medida, más de 500.000 profesores de todo el país resultarán beneficiados. De la misma forma, se considerará una asignación por tiempo de servicios para los asistentes y auxiliares de taller; pago de escolaridad para docentes, asistentes y auxiliares contratados; subsidio por luto y también una asignación por sepelio para los maestros contratados.
Por ello, los profesores deben tener conocimiento sobre los detalles de su CTS, el monto que les corresponde, la fecha en la que se realizarán los depósitos, y los requisitos para el retiro del dinero en caso de cesar en el trabajo. En esta nota de La República, te lo contamos.
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Los docentes contratados y nombrados de las instituciones educativas públicas que cesaron en el 2022 recibirán un 50% del pago de la CTS de ese año, un 20% en 2023 y un 30% en 2024.
Por lo tanto, los profesores que pasen al retiro en el 2023 percibirán un 70% de su CTS ese año y un 30% al siguiente. Por su parte, los docentes que se jubilen de 2024 en adelante percibirán el 100% al momento del cese.
En cuanto a los auxiliares nombrados y contratados, al momento de su cese, se otorga el 100% de su remuneración mensual (RM), por año o fracción mayor a seis (6) meses de servicios oficiales.
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La CTS para profesores equivale al 100% de su remuneración integral mensual por año o fracción mayor a seis meses de servicios trabajados, según la ley.
Profesores incrementarán de sueldo desde noviembre del 2023. Foto: composición La República/ Andina
De acuerdo con el Decreto Supremo n.° 001-2023-Minedu, los docentes contratados reciben este monto al finalizar su vínculo laboral.
La Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) es un beneficio que brindan las compañías a sus empleados para protegerlos al momento de culminar su relación contractual. El monto de estos depósitos, que se dan dos veces al año (mayo y noviembre) varía de acuerdo al régimen contractual de cada empresa.
La CTS es un beneficio que brindan las compañías a sus empleados para protegerlos al momento de culminar su relación contractual. Foto: composición LR
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De acuerdo con esta disposición, la remuneración mensual mínima de un profesor en la primera escala, con una jornada de trabajo de 30 horas, será de S/3.100. Mientras que los que tengan una jornada de 40 horas, ganarán S/4.050.
De acuerdo con la escala magisterial y la jornada laboral, desde noviembre, los docentes percibirán los siguientes montos:
Escala magisterial | Jornada de 30 horas | Jornada de 40 horas |
Octava | S/6.485 | S/8.230 |
Séptima | S/5.665 | S/7.470 |
Sexta | S/5.237 | S/6.900 |
Quinta | S/4.525 | S/5.950 |
Cuarta | S/3.325 | S/5.190 |
Tercera | S/3.670 | S/4.810 |
Segunda | S/3.385 | S/4.430 |
Primera | S/3.100 | S/4.050 |
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El sueldo mínimo de los docentes de la Carrera Pública Magisterial aumentará según la jornada laboral y la escala magisterial a la que pertenezcan. A continuación se informará cuánto ganarán los docentes:
Escala magisterial | Jornada de 30 horas | Jornada de 40 horas |
Octava | S/6.485 | S/8.230 |
Séptima | S/5.665 | S/7.470 |
Sexta | S/5.237 | S/6.900 |
Quinta | S/4.525 | S/5.950 |
Cuarta | S/3.325 | S/5.190 |
Tercera | S/3.670 | S/4.810 |
Segunda | S/3.385 | S/4.430 |
Primera | S/3.100 | S/4.050 |