Ningún adolescente, niña o niño está libre de ser parte del crimen cometido por algún adulto o de ser el autor, así sea de manera accidental o sin su consentimiento. Un claro ejemplo es lo que sucede con los pequeños que son influenciados para robar o estafar a las personas. Ante la pregunta frecuente sobre si ellos pueden afrontar las mismas consecuencias de sus actos como lo hacen los mayores de edad, te contamos acerca de si un menor puede ser enjuiciado.
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De acuerdo con un artículo publicado por el Poder Judicial, una persona será considerada como niño hasta que sea legalmente mayor, salvo que el niño o la niña se convierta en adulto legal antes, según la ley nacional. En el Perú, la mayoría de edad se alcanza a los 18 años.
Para empezar, de acuerdo con el artículo 40 de la Convención sobre los Derechos del Niño, se compromete a todos los Estados que adopten medidas y que promuevan leyes, procedimientos, autoridades e instituciones específicas para todo menor de 18 años de edad que haya infringido las leyes penales. Por lo tanto, el Perú creó un sistema penal especial capaz de:
Por otro lado, el artículo 183 del código anteriormente mencionado define a un adolescente infractor como aquel cuya responsabilidad le fue determinada como autor o partícipe de un delito o infracción en la ley penal. El adolescente que cometa estos delitos y sea mayor a 14 años estará sujeto a medidas socioeducativas, mientras que el que tiene menos que esta edad, estará sujeto a medidas de protección.
La libertad restringida es una medida de carácter moderada, sobre la cual una persona puede ser tratada en libertad, entre lo drástico de la internación y lo benevolente de la libertad asistida. Está destinada a adolescentes con moderados problemas de conducta antisocial.
Adolescentes se enfrentan a las consecuencias adversas de iniciar el consumo de bebidas alcohólicas a temprana edad. Foto: difusión
Esto no aplica para menores de 18 años, sino para sujetos activos mayores a esta edad pero menores de 21 y mayores de 65 años. Esta responsabilidad está regulada por el artículo 22 del Código Penal y consiste solo en una causal de disminución de punibilidad con incidencia en la culpabilidad.