En el marco del nuevo año escolar, el Ministerio de Educación puso a disposición de todos los padres de familia la página Matrícula Lima 2023, en donde podrás visualizar los colegios que tienen vacante y además podrás reservar esta.
Por tal motivo, si has tomado la decisión de matricular a tu menor en un centro educativo que le pertenece al Gobierno, en la siguiente nota de La República te mostramos el paso a paso para reservar vacante y cómo es el proceso.
Matrícula 2023: ¿cómo reservar vacante y cuál es el proceso?
Los padres o apoderados deberán seguir los siguientes pasos:
- Ingresar a la siguiente página web. Ahí deberás crearte un usuario y contraseña para consignar los datos del estudiante, padre, madre o tutor legal.
- Tras crear este perfil, entrarás a este link.
- Antes de continuar, deberás revisar la lista en este enlace dando clic en ver relación. Ahí verás más de 2.000 colegios con las vacantes disponibles.
- Posteriormente, tienes que seguir los pasos que se plantean y colocar el colegio elegido.
- Finalmente, tendrás que esperar la respuesta a través del correo o ingresando a la página web.
¿Qué documentos se deben presentar para la matrícula 2023?
- Carné de extranjería
- Carné de permiso temporal de permanencia
- Carné de solicitantes de refugio
- Partidas o actas de nacimiento del país de origen
- Cédula de identidad del país de origen
- Pasaporte del país de origen
- Otros documentos del Ministerio de Relaciones Exteriores, como tarjeta verde para hijos de diplomáticos acreditados en el Perú, el documento de viaje o el laissez-passer por razones humanitarias
¿Quién puede realizar el proceso de matrícula?
Si la vacante es para un menor de 18 años, la matrícula deberá completarla el representante legal:
- Partida de nacimiento para confirmar relación con el infante, en caso de progenitores.
- Documento en el que conste la condición de tutor: resolución judicial, testamento, resolución administrativa o ejercer tutela legítima.
- Documento en el que conste la representación: poder simple otorgado por el padre o la madre del niño o adolescente, mandato judicial, poder por escritura, por acta, inscrito u otorgado a través de oficina consular.
- Documento en el que conste que la persona asume el acogimiento familiar o que es el personal designado por la máxima autoridad del Centro de Acogida Residencial, perteneciente al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.