El fin de semana se pinta de verde y rojo para recibir la Navidad. En esa línea, los peruanos se preguntan si el lunes 26 de diciembre es la prolongación de la fiesta en la que se celebra el nacimiento del niño Jesús.
La duda, además, tiene que ver con el tipo de día libre: ¿feriado o día no laborable? A continuación los detalles acerca del decreto oficial del Gobierno peruano.
A través del decreto supremo 033-2022-PCM firmado por el expresidente Pedro Castillo y el antiguo premier Aníbal Torres, se oficializó que el lunes 26 de diciembre es un día no laborable.
Esta decisión está dirigida para el sector público. La fecha, asimismo, deberá ser compensada cuando la empresa lo decida; aunque el sector privado tiene una salvedad:
“Los centros de trabajo del sector privado podrán acogerse a lo dispuesto en el presente Decreto Supremo previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deberán establecer la forma cómo se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar”, se puede leer en el texto.
Un feriado es un día de descanso para el trabajador. Es decir, la empresa deberá otorgarle una remuneración ordinaria porque así lo establece la ley.
En cambio, los días no laborables suelen ser declarados por decretos supremos. Estos son días de descanso que deben ser compensados por el trabajador luego de un acuerdo con el empleador. Para el sector público, estas fechas no laborales son obligatorias, mientras que las empresas privadas pueden optar por no implementarlas.
Un feriado es considerado un día de descanso no recuperable para el trabajador. Dicho de otra manera, la empresa deberá otorgarle una remuneración ordinaria porque así lo establece la ley.
Por otra parte, los días no laborables suelen ser declarados a través de decretos supremos. Estos son días de descanso que deben ser compensados por el trabajador luego de un acuerdo con el empleador. En cuánto al sector público, estas fechas no laborales son obligatorias, mientras que las empresas privadas pueden optar por no implementarlas.
El estado de emergencia en el Perú fue decretado el último 14 de diciembre por el Gobierno de Dina Boluarte. Tras reunión del Consejo de Ministros, el entonces titular de Defensa, Alberto Otárola, indicó que se tomó esta medida debido a “los actos vandálicos y violentos, a la toma de carreteras y caminos”
“Quiero recordar que la declaratoria del estado de emergencia a nivel nacional significa la suspensión de los derechos de reunión, de inviolabilidad de domicilio, la libertad de tránsito, la libertad de reunión, y la libertad y seguridad personales”, precisó.
El estado de emergencia tiene una vigencia de 30 días en el Perú, por lo que estará en vigor hasta las primeras semanas de enero del 2023.
El estado de emergencia es una medida temporal. Foto: Marco Cotrina/La República