El estado de emergencia sanitaria por la presencia de la COVID-19 en el país se extendió por 180 días calendario. Según indica el documento, esta medida se da con el objetivo de “reducir el potencial impacto negativo en la población ante la existencia de situaciones que representen un riesgo elevado o daño a la salud”.
Según el Decreto Supremo N.º 015-2022-SA, publicado este martes 16 de agosto, la medida empezará a regir a partir del 29 del mismo mes.
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Asimismo, se indica que el Ministerio de Salud (Minsa), el Instituto Nacional de Salud (INS) y el Seguro Social de Salud (EsSalud) deberán realizar las acciones inmediatas del “Plan de acción-vigilancia, contención y atención de casos del nuevo COVID-19 en el Perú”.
Por otro lado, se dispuso continuar “con la contratación de los bienes y servicios detallados (...) para las actividades de la emergencia sanitaria COVID-19″.
Finalmente, el documento tiene las firmas del presidente de la República, Pedro Castillo; el ministro de Salud, Jorge López Peña; y el ministro de Trabajo, Alejandro Salas Zegarra.
Cabe recordar que, esta semana, según los datos del Minsa, el 70% de la población peruana ya cuenta con su tercera dosis. El 71,2% de niños de 5 a 11 años tiene dos. En tanto, el 57,4% solo presenta un fármaco.