La resolución publicada por la sala de Derecho Constitucional y Social del Poder Judicial, ratifica el fallo a favor de reconocer el derecho a la muerte digna de Ana Estrada. De esta manera, la psicóloga que padece polimiositis incurable y progresiva desde los 12 años, ahora podrá decidir sobre su vida.
A través de sus canales oficiales, la entidad que imparte justicia en el país especificó que solo en el caso concreto de Ana Estrada, el personal médico y sanitario no será procesado penal, civil ni administrativamente, tal como lo establece el artículo 112 del Código Penal, el cual tipifica el delito de homicidio piadoso.
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El documento del fallo, que ya estaba dado desde el 27 de julio, establece que el contenido de la sentencia “no se limita a inaplicar el referido artículo, sino que justifica esta excepción reconociendo el derecho a la muerte digna”. Con ello, el Estado deberá crear un plan o protocolo con la conformación de comisiones médicas interdisciplinarias para la muerte por decisión de la activista.
PJ publica expediente de fallo definitivo al caso Ana Estrada. Foto: Poder Judicial
El pedido de Ana Estrada es la declaración judicial de la existencia del derecho a la muerte digna, además del establecimiento de un mecanismo y criterios de aplicabilidad. Sin embargo, el juez advirtió que con el reciente fallo no se pretende la derogación de la norma que penaliza la eutanasia y tampoco la declaración de su inconstitucionalidad, sino que se considera su pretensión como “individual”.
En múltiples oportunidades, la psicóloga ha tratado de desvincular su lucha con una campaña a favor de la muerte. Al contrario, sostiene que está más orientada hacia la libertad de decidir cuándo hacerlo por la gravedad de su enfermedad.
“No es que yo esté pidiendo morir o que me dejen morir, lo que pido es tomar control de mi voluntad, mi autonomía y mis decisiones”, explicó Ana Estrada.