La ONPE dio a conocer este sábado la lista preliminar de miembros de mesa para las Elecciones Regionales y Municipales 2022 que se llevarán a cabo el 2 de octubre. Ante ello, la ciudadanía se pregunta qué hacer si su nombre aparece allí y si podría eximirse de ejercer el cargo ese día.
Si bien el cargo es irrenunciable, debido a la pandemia de la COVID-19 se han incorporado algunas excepciones. Por ejemplo, personas con factores de riesgo a contagios y cuadros graves, embarazadas y quienes tengan hijos menores de 2 años tienen la opción de dimitir al cargo. Esta resolución fue oficializada en el diario El Peruano este miércoles 20 de julio.
El proceso de solicitud se puede interponer recién cuando salga la lista definitiva el 15 de agosto. Desde entonces hay 5 días para presentar las justificaciones a las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales. Por ahora puedes ver si eres miembro de mesa en el listado inicial AQUÍ (https://consultaelectoral.onpe.gob.pe/).
Las personas con factores de riesgo de infectarse de COVID-19 pueden presentar una solicitud de excepción si fueron elegidas como miembros de mesa para estas elecciones municipales y regionales. Se señalan enfermedades y otras condiciones como la edad y embarazo.
Si no acudes a cumplir tu deber como miembro de mesa, deberás pagar una multa por tu ausencia. Foto: ONPE
Del mismo modo, se ha considerado a la ciudadanía que tiene más riesgo de enfermar gravemente de coronavirus.
Coronavirus en Perú
Lo que se debe presentar en estos casos en un certificado médico que acredite que se tienen algunos de estos factores de riesgo. Para el caso de los mayores de 60 años, solo es necesario el Documento Nacional de Identidad (DNI).
En cuanto a las personas embarazadas, es un requisito la constancia o informe médico de control prenatal actualizado y firmado por un profesional.
Cabe resaltar que quienes tengan hijos menores o igual a los 2 años hasta la fecha de las votaciones, también pueden verse exonerados de ejercer de miembros de mesa. Para ello, tendrán que mostrar la partida de nacimiento, certificado de nacido vivo y el DNI del menor. De esta forma, se podrá comprobar que el niño o niña es menor o igual a 2 años de edad.
El ciudadano o ciudadana que desee presentar una solicitud para exceptuarse al cargo de miembro de mesa, debe presentar los documentos requeridos a las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE), dirigida a el (la) jefe(a) de la ODPE correspondiente. Los requisitos descritos serán acreditados con copia simple, o exhibidos en caso de DNI y partida de nacimiento.
Tienen la opción de acudir presencialmente a las sedes de las ODPE, que atienden de lunes a viernes de 8.30 a. m. a 4.30 p. m.
Asimismo, pueden realizar el procedimiento de manera virtual, mediante la mesa de partes virtual externa (https://www.web.onpe.gob.pe/mpve/#/). Esta plataforma está disponible de lunes a domingo las 24 horas del día. Allí deberán de subir los documentos requeridos.
Mesa de partes virtual de la ONPE
Sí necesitas viajar con urgencia en la fecha que se darán las votaciones, puedes presentar una solicitud de excusa. “Los miembros de mesa que estén incluidos en el artículo 57 de la Ley Orgánica de Elecciones o aquellos que tengan la necesidad de viajar fuera del territorio patrio o los mayores de 70 años, pueden solicitar su excusa al cargo de miembro de mesa. Recordemos que el cargo de miembro de mesa es irrenunciable. Sin embargo, por estos motivos puede solicitar este recurso”, detallaron desde la ONPE.
Según la Ley Orgánica de Elecciones, no pueden ser miembros de mesa los trabajadores de la ONPE, del Jurado Nacional de Elecciones y la Reniec.
Este es el caso de las tachas, que así la persona quiera, no podrá cumplir con este ejercicio. Las personas que hayan sido elegidas para la lista preliminar de miembros de mesa tienen que presentar la solicitud de tacha. Otros ciudadanos también podrían hacerlo.
Razones por las que se puede presentar tachas a miembros de mesa | ¿Cómo acreditar la solicitud? |
Ser candidato/a o personero/a de alguna organización política inscrita en el registro pertinente. | - Relación final de candidatos emitida por el JEE correspondiente. - Credencial de personero/a |
Ser funcionario/a o empleado/a de alguno de los organismos que conforman el Sistema Electoral Peruano | Copia de última boleta de pago, carnet o credencial de la entidad. |
Ser autoridad política | Resolución de designación vigente |
Ser miembro de los Concejos Municipales | Credencial de Alcalde o Regidor emitida por el órgano electoral respectivo. |
Ser ciudadano/a integrante de los Comités Directivos de los partidos políticos, agrupaciones independientes o alianzas, inscritos en el Jurado Nacional de Elecciones. | Acreditación otorgada por la organización Política. |
Ser cónyuge o pariente dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad entre los miembros de una misma mesa. | Documento Nacional de Identidad y partida de matrimonio o nacimiento. |
Ser elector/a temporalmente ausente de la República. | Relación remitida por el RENIEC |
Por notorio o grave impedimento físico o mental. | En caso de “notorio impedimento”, este será constatado por la autoridad competente de resolver la petición. |
Los miembros en actividad de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú que realicen actividades relacionadas con el desarrollo de los procesos electorales. | Documento que certifique su trabajo durante las votaciones |
Los miembros del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú. | Documento de bombero voluntario |
¿Cómo saber si soy miembro de mesa? La ONPE publicó la lista preliminar de las personas elegidas. Foto: composición de Jazmín Ceras/La República