Por primera vez, docentes y auxiliares contratados de centros educativos públicos podrán recibir el Bono Escolaridad, que equivale a S/ 400. Mediante el Decreto Supremo 132-2022-EF, el Gobierno oficializó dicha bonificación. El documento fue rubricado por el presidente Pedro Castillo durante el XVII Consejo de Ministros Descentralizado, desarrollado en Arequipa.
“Muchos maestros contratados han venido bregando y luchando por este beneficio. Son más de 185.000 contratados en el Perú clamando por nombramiento, pero lo más inmediato es el bono de escolaridad. En este momento firmo el decreto supremo para pagarle su derecho a bonificación”, mencionó Pedro Castillo sobre esta iniciativa, la cual demandará una inversión de 75 millones de soles.
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Foto: Presidencia del Perú
Este bono está dirigido a aquellos docentes y auxiliares contratados de educación básica y técnico productiva del sector público. Sin embargo, debes tener en cuenta los siguientes requisitos:
Sobre este último punto es importante recalcar que el personal contratado que labora a tiempo parcial o jornada laboral incompleta (menos de 30 horas pedagógicas a la semana) también recibirá la bonificación, pero de manera proporcional.
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Según el ministro Rosendo Serna, este beneficio se hará efectivo en este mes de junio de 2022. Es decir, hasta hoy, 30 de junio de 2022.
Pedro Castillo hizo importante anuncio a favor de los docentes. Foto: Rodrigo Talavera/La República
Cuando se publique la fecha, los beneficiarios podrán retirar el bono en las ventanillas del Banco de la Nación.
Este Bono Alimentario busca llegar a unas 4,2 millones de personas en situación de pobreza y pobreza extrema. Foto: Andina
Aquí te dejamos los beneficios del Bono escolaridad:
La Remuneración íntegra mensual (RIM) es el monto que se entrega a los maestros que se encuentran nombrados y rige en función a la escala magisterial a la que pertenecen, así como a la jornada de trabajo que tienen, según a la información oficial del Ministerio de Educación (Minedu) registrado en su sitio web oficial.
Por su parte, el pago mensual de los profesores contratados está sujeto a la jornada laboral establecida para la modalidad, forma, nivel o ciclo en que presta sus servicios.
Evaluación. Los docentes señalan que no eran capacitados. Se debe respetar la meritocracia. Foto: difusión