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Sociedad

Callao: 5 años de cárcel para conductor que se negó a pasar dosaje etílico

La sentencia para Luis Enrique Rojas Lloclla se logró en menos de 72 horas de cometido el delito por proceso inmediato.

larepublica.pe
El Palacio de Justicia es la sede central del Poder Judicial. Foto: La República

El Poder Judicial dictó cinco años de cárcel para un conductor ebrio que desobedeció la orden de someterse al examen de dosaje etílico. La sentencia se dio tras la acusación del Primer Despacho de la Fiscalía Provincial de Tránsito y Seguridad Vial del Callao.

Luis Enrique Rojas Lloclla fue hallado culpable del delito de desobediencia a la autoridad, segundo párrafo del artículo 368 del Código Penal, en agravio del Estado. La sentencia se logró en menos de 72 horas de cometido el delito por proceso inmediato.

La entidad señaló que, la madrugada del 13 de febrero de 2022, Luis Rojas fue intervenido por policías de la Comisaría de Bocanegra por conducir el vehículo de placa F8N-575 en evidente estado de ebriedad.

En tal sentido, en la audiencia de proceso inmediato, realizada el miércoles 16 de febrero, el representante del Ministerio Público acreditó la comisión del delito, presentando el acta de negación al examen de dosaje etílico y el Certificado de Dosaje Etílico n.°7-0009262, que indica: “Usuario se negó a pasar los exámenes de dosaje etílico, a la prueba cualitativa y cuantitativa, extracción de sangre y/o orina …”

Además, el fiscal García Herrera probó que Rojas Lloclla es reincidente, ya que salió de prisión hace un mes y volvió a cometer un nuevo delito. Lo que agravó su situación jurídica.

¿Cuál es el límite permitido de alcohol en la sangre?

El consumo de bebidas alcohólicas en los conductores que sean intervenidos por la autoridad peruana está establecido en 0,50 gramos de alcohol por litro de sangre. Dicha cifra equivale a una ingesta de tres vasos de cerveza o dos copas de vino. En caso del pisco, vodka o whisky, cuyo porcentaje de alcohol es mayor, el consumo no debe exceder de una onza, aproximadamente.

Además, según el Minjus, si el resultado de la prueba de alcoholemia es menor de 0,5 gramos de alcohol por litro de sangre, se le dará al conductor una recomendación, y se le dejará ir. Su auto y brevete se quedan retenidos a menos que un tercero se disponga a conducir.