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Sociedad

Minsa establece lineamientos para trabajo presencial en personas de riesgo para evitar COVID-19

La institución publicó una directiva para que las empresas sepan los criterios para el retorno laboral. Así también, trabajadores de grupo de riesgo con vacunación incompleta o pendiente deben realizar actividades remotas.

larepublica.pe
Trabajadores deben tener vacunación contra la COVID-19 para acudir al trabajo presencial. Foto: difusión

El retorno al trabajo presencial ya es un hecho en Perú. Por ello, el Ministerio de Salud (Minsa) estableció lineamientos para el regreso a las oficinas en personas con factores de riesgo para el coronavirus. De acuerdo a la Directiva Administrativa n° 321-MINSA/DGIESPA, se aprobaron siete medidas importantes.

Las empresas deberán aplicarlas de manera obligatoria para evitar una infección entre sus trabajadores:

1. Ventilación en los centros de trabajo

  • Las empresas deben asegurar en todo momento la ventilación de sus áreas de trabajo.
  • Evaluar los ambientes y adecuarlos a lugares ventilados.
  • Instalar extractores en puntos estratégicos.

2. Evaluación de condición de salud del trabajador previo al regreso al centro de trabajo

  • Identificar los riesgos de exposición de acuerdo al puesto de trabajo.
  • Trabajadores deben llenar una ficha sintomatológica y reportar si presentan síntomas de la enfermedad.
  • Realizar una vigilancia activa de la sintomatología de sus trabajadores para detectar posibles casos positivos de la COVID-19.
  • Se puede aplicar pruebas de descarte para conocer un diagnóstico real del trabajador.

3. Lavado o desinfección de manos

  • Ubicación de puntos de lavado de manos.
  • Ubicación de puntos de alcohol para una correcta desinfección.

4. Sensibilización de prevención del contagio en el trabajo

  • Realizar actividades que incentiven ambientes saludables frente a la pandemia COVID-19.
  • Educar a los trabajadores sobre la importancia de la protección.

5. Medidas preventivas

Acciones para reducir el riesgo de contagio como:

  • El teletrabajo (medida principal que disminuye la exposición)
  • Reuniones de trabajos virtuales. En caso sean presenciales, evitar un número considerable.
  • Mujeres gestantes y las mujeres lactantes deben realizar trabajo remoto, de preferencia los 6 meses posteriores al parto.
  • En comedores, debe guardarse una distancia promedio de al menos un metro y medio entre las personas.
  • Uso permanente de la mascarilla KN95 o equivalente. Guardar distancia de un metro.

6. Medidas de protección personal

  • Empresa debe asegurar la disponibilidad de los equipos de protección personal y su uso correcto y obligatorio.
  • Evitar áreas de aglomeración.

7. Vigilancia de salud del trabajador en contexto de COVID-19

  • Vigilancia de manera permanente a los trabajadores. Por ello, deben tener información sobre su labor presencial, remota o mixta.
  • Mientras dure la emergencia sanitaria, los empleadores deben realizarse pruebas de tamizaje.