
Recientemente se emitió la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que rechazaó la demanda de amparo interpuesta por Óscar Ugarteche. Con esta se buscaba que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) reconozca legalmente su matrimonio con un ciudadano mexicano.
Por su parte, el defensor del Pueblo, Walter Gutiérrez, calificó esta decisión como error. “La mayoría de magistrados del Tribunal Constitucional falló porque no comprendió que se trataba de un caso de derechos de igualdad y libre desarrollo de la personalidad”, indicó.
Señaló además que tenían la posibilidad de proteger dichos derechos fundamentales, adecuando el concepto de matrimonio del Código Civil a la Constitución y no a la inversa. “El cuarto artículo de la Constitución, que reconoce el matrimonio, no excluye en modo alguno a las uniones homoafectivas y tal conclusión restrictiva no podría hacerse por interpretación”, aclaró.
También precisó que se cometió una equivocación debido a que olvidaron tomar en cuenta los precedentes, donde el mismo TC reconoce que los criterios establecidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) son vinculantes para el Estado peruano.
“Falló, porque desatendió la Opinión Consultiva OC-24/17 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la cual establece que todas las uniones permanentes con el fin de formar una familia merecen igualdad de derechos y protección, sin importar la orientación sexual de las personas que las conforman”, añadió.
Finalmente manifestó que “está convencido” de que este fallo será fácilmente revocado en instancias internacionales.

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