Deysi Pari - Arequipa
El Juzgado Mixto Islay – Mollendo de Arequipa decidirá si el Consejo de Minería y la Dirección General de Minería deben revisar los recursos presentados por los agricultores para anular la licencia de construcción de Tía María, el proyecto minero en Islay.
Ante la negativa de estos dos organismos del Ministerio de Energía y Minas, la Junta de Usuarios de la Irrigación Ensenada - Mejía - Mollendo acudió a los tribunales que admitió la acción de amparo. El juzgado solo admitió el trámite, deliberá qué decisión adopta.
La demanda fue presentada en marzo de este año y gira en torno a dos ejes. Uno es que la junta, presidida por Mary Luzmila Marroquín León, pide que se admita el recurso de revisión (2019) en contra de la licencia del proyecto minero. Esta se autorizó mediante la Resolución directoral N° 0328-2019-MINEM-DGM/V.
En esa oportunidad, también presentaron similares recursos, el Gobierno Regional de Arequipa (GRA), la Junta de Usuarios del Valle de Tambo y el Frente de Defensa de los trabajadores y accionistas minoritarios de la central azucarera Chucarapi. Sin embargo, el del GRA fue declarado infundado y los otros dos improcedentes. Básicamente se les denegó argumentando que no tenían legitimidad para intervenir en el proceso. Sin embargo, para el caso de la Junta de Usuarios de Ensenada – Mejía – Mollendo, ocurrió un engorroso trámite administrativo.
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La demanda de la junta de usuarios fue presentada el 15 de agosto del 2019, pero fue rechazada por extemporánea.
Ante ello, la junta interpuso recurso de reconsideración, pero la Dirección General de Minería (DGM) calificó dicho recurso como una queja por denegatoria del recurso de revisión, el 23 de setiembre de 2019. Posteriormente, el Consejo de Minería declaró fundada la queja en noviembre. Pese a ello, en diciembre, la DGM declaró infundado el recurso de revisión.
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Según el asesor del grupo, Luigi Calzolaio, cuando el Consejo de Minería declaró fundada la queja, no tenía que devolver el expediente a la Dirección General de Minería. Sino que tenía que emitir la resolución respecto al recurso de revisión.
“Al final podía haber resuelto en el mismo sentido de la Dirección General de Minería, pero en todo procedimiento, cuando el superior, en este caso el Consejo de Minería, declara fundada la queja, ordena al inferior (la DGM) que le remita el expediente principal y resuelve sobre el fondo del recurso”, señaló.
La junta de Usuarios de Ensenada Mejía Mollendo considera que hay un vicio de forma en el procedimiento, pues a quien le correspondía resolver era al Consejo de Minería y no a la Dirección General de Minería.
Luzmila Marroquín agregó que tampoco les dieron la oportunidad de sustentar su informe oral de la demanda en octubre de 2019.
La Junta de Usuarios Ensenada Mejía Mollendo señala que la construcción de la planta de beneficio Tía María, trae consigo implícitamente la autorización a contaminar el ambiente y agua, toda vez que las actividades mineras generan impacto ambiente.
Consideran que la amenaza al derecho a defender el medio ambiente, al agua, a vivir en un ambiente saludable previniendo la contaminación ambiental, al desarrollo agrícola, y al bienestar familiar sigue latente. Agregan que la construcción del proyecto minero pone en riesgo el normal abastecimiento del agua a la junta y reducción de la producción agrícola, con una consecuente disminución en los ingresos de los agricultores.
8 de julio 2019
Se emite que autoriza Tía María.
15 de agosto 2019
La Junta de Usuarios interpone recurso de revisión en contra de dicha resolución.
27 de agosto 2019
Recurso es rechazado por extemporáneo,
10 de setiembre 2019
La Junta de Usuarios interpone reconsideración
23 de setiembre 2019
La Dirección de Minería califica dicho recurso como una queja por denegatoria del recurso de revisión.
6 de noviembre 2019
Consejo de Minería emitió resolución de queja N° 014-2019-MINEM, declarando fundada la queja.
5 de diciembre 2019
La Dirección declara improcedente el recurso de revisión planteado por la junta en contra de la resolución que autorizaba construcción de Tía María. La razón fue que la junta carecía de legitimidad. Ahí deciden interponer amparo.