La Superintendencia Nacional de Educación Superior (Sunedu) no otorgó el licenciamiento institucional a la Universidad Nacional San Luis Gonzaga de Ica (UNICA), por entre muchas observaciones en el proceso de evaluación, no cumplir con las condiciones básicas de calidad (CBC).
La UNICA es la primera universidad pública en no lograr el licenciamiento, por ello surgen dudas sobre lo que pasará con la institución y sobre todo cuál es el futuro de su alumnado, el cual se cuenta actualmente en más de 19 400 estudiantes.
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Al respecto, el Ministerio de Educación (Minedu) anunció que aplicará un plan de emergencia en la Universidad de Ica en virtud de la normativa del Decreto Supremo N.° 016-2019-MINEDU que permite asistir a las universidades públicas cuando Sunedu les deniega el licenciamiento.
La asistencia del Minedu permitirá a la universidad denegada volver a presentar una solicitud de licenciamiento cuando se considere que se hayan subsanado las observaciones hechas por Sunedu y así poder cumplir con las condiciones básicas de calidad.
Estos son los plazos que deben cumplirse:
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- Dentro tienen 10 días hábiles, después de que Sunedu publica la resolución que deniega la licencia institucional, una resolución ministerial conformará una comisión técnica – integrada por representantes de la universidad pública y el Minedu – que dará inicio a acciones de evaluación y seguimiento de la situación actual de la casa de estudios.
- Otros 10 días hábiles después, la comisión conformada se instalará en la universidad.
- 45 días calendario más tarde la comisión técnica deberá presentar su propuesta de plan de emergencia.
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- El Minedu tendrá 15 días calendario para poder aprobar dicho plan de emergencia.
- La universidad debe implementar las acciones del plan de emergencia en un plazo máximo de 12 meses desde su aprobación y antes del vencimiento del plazo de cese de actividades comunicado a la Sunedu.
En caso cumpla con el plan de emergencia y logre alcanzar las condiciones básicas de calidad, la universidad podrá presentarse a un nuevo proceso de licenciamiento, conforme a la normativa vigente, antes del cese definitivo de la prestación del servicio educativo.
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De lo anteriormente explicado, algunas preguntas pueden no haber quedado claras o se desprenden de las mismas.
El plan de emergencia es un instrumento técnico que contiene el detalle de las acciones concretas que la universidad pública debe desarrollar para el cumplimiento de las condiciones básicas de calidad, que le permita solicitar la licencia institucional en un nuevo procedimiento.
Además de integrar la comisión técnica y garantizar la continuidad de las actividades académicas de los alumnos durante el proceso de cese, deberán remitir la información requerida por el Minedu y/o la comisión técnica en los plazos establecidos, y ejecutar y cumplir con las obligaciones del plan de emergencia.
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En caso la universidad no cumpliese el plan de emergencia o no obtuviese la licencia institucional por segunda vez, el Minedu iniciará las acciones que permitan la reorganización de dicha universidad, de acuerdo al marco legal.
El Ministerio de Educación informó que, durante el proceso de cese y el periodo de ejecución del plan de emergencia, la universidad debe continuar brindando el servicio educativo a los estudiantes matriculados.
En paralelo, la universidad debe cumplir con el reglamento del proceso de cese de actividades, dispuesto por la Sunedu, debiendo suspender los procesos de admisión, entre otras obligaciones.