Nueva ley. Beneficio podrá ser ampliado a 20 días en el caso de un nacimiento prematuro y a 30 si es que es uno terminal.,La licencia por paternidad a los trabajadores del sector público y privado se elevó de cuatro a diez días, luego de la publicación de la Ley 30807 en El Peruano. Según la norma, la licencia de paternidad se ampliará a 20 días calendario consecutivos por nacimientos prematuros y partos múltiples. Asimismo, será de 30 días consecutivos por un nacimiento con enfermedad congénita terminal o discapacidad severa o por complicaciones graves en la salud de la madre. PUEDES VER Licencia de paternidad: ¿En qué casos se podrá ampliar los 10 días de licencia? El plazo de la licencia se contabilizará desde la fecha en que el trabajador indique las siguientes opciones: Primero, desde la fecha de nacimiento de su hijo. Segundo, desde la fecha en que la madre o el hijo son dados de alta por el centro médico. Tercero, a partir del tercer día anterior a la fecha probable del parto, acreditada con certificado médico correspondiente. Si la madre muere durante el parto o mientras goza de su licencia por maternidad, el padre será beneficiario de dicha licencia con goce de haber, de manera que sea una acumulación de licencias. El trabajador tendrá derecho a hacer uso de su descanso vacacional pendiente de goce, a partir del día siguiente de vencida la licencia.