El organismo constitucional aclaró que es el Poder Judicial el que debe pronunciarse sobre "determinación de cuestiones prácticas" que se derivan de las aplicación de la Ley Universitaria., Por medio de un comunicado de prensa el Tribunal Constitucional (TC) aclaró, ante el pedido del Colegio de Abogados de Lima (CAL), que la sentencia emitida en noviembre sobre la Ley Universitaria y la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) refiere que estas no son inconstitucionales. PUEDES VER: Ex regidores: Que se consulte a limeños sobre futuras obras Como se recuerda, el pasado 17 de noviembre el CAL pidió que se aclare si la designación de nuevas autoridades universitarias y el cese de las autoridades vigentes es constitucional. El TC respondió con una resolución aclaratoria, publicada en su portal web institucional, en la cual concluye que su sentencia anterior "es suficientemente clara en el sentido que la Disposición Complementaria Transitoria Primera de la Ley Universitaria no vulnera el artículo 2, inciso 17, de la Constitución o algún otro precepto constitucional". Al declararse que la referida ley es conforme a la Constitución, se concluye que la "determinación de cuestiones prácticas que puedan derivarse de ella" (como el fijar fechas para elegir nuevas autoridades universitarias) es "materia ajena" a las competencias del TC. En el documento se señala que será el Poder Judicial el que se deba pronunciar sobre "la aplicación concreta de las disposiciones y funciones" de dicha norma. El dato Los magistrados Blume Fortini y Sardón de Taboada no firmaron esta resolución de aclaración en tanto no suscribieron la sentencia en mayoría.