El Congreso de la República oficializó, por medio de una publicación en el diario El Peruano, la bonificación mensual a favor de jueces titulares del Poder Judicial. El monto económico designada a cada magistrado se financiará con los saldos de partidas presupuestarias de la máxima instancia judicial del año fiscal 2024 o con cargo a su presupuesto institucional del año 2025.
De acuerdo con el detalle de la ley publicada en diario oficial del Gobierno, la bonificación será la siguiente: los jueces superiores titulares recibirán un bono adicional mensual de S/9.360 (80% de 11.700 soles), los jueces especializados y/o mixtos titulares recibirán un bono adicional mensual de S/7.254 (62% de 11.700 soles) y los jueces de paz letrado titulares recibirán un bono adicional mensual de S/4.680 soles (40% de 11.700 soles).
La entrega de este dinero no demandará recursos adicionales del tesoro público, según indica la ley. "Se prohíbe (al Poder Judicial) realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a efectos de habilitar recursos a favor de las partidas presupuestarias", dicta.
Con ello, se hizo oficial el dictamen aprobado en el Parlamento. El último 6 de noviembre, el Pleno aprobó por 78 votos a favor, 4 en contra y 18 abstenciones, la insistencia del dictamen recaído en el Proyecto de Ley 5961/2023-CR, respecto a las observaciones del Poder Ejecutivo a la autógrafa de ley que amplía la bonificación adicional a favor de todos los jueces titulares del Poder Judicial.
En dicha fecha, el congresista César Revilla Villanueva, secretario de la Comisión de Presupuesto y Cuenta General, explicó que el presupuesto del órgano judicial es de 3mil 788 millones de soles, del cual existe un saldo suficiente para financiar esas bonificaciones. “En los años siguientes esto tampoco demandará recursos adicionales al tesoro público”, expuso.
Según lo publicado en el diario El Peruano, "los jueces superiores titulares reciben una bonificación adicional mensual equivalente al 80% del valor de cuatro y media unidades de ingreso del sector público (4.5 UISP); los jueces especializados y/o mixtos titulares, equivalente al 62% de la referida unidad; los jueces de paz letrados titulares, equivalente al 40% del valor antes mencionado".
Por lo tanto, la bonificación establecida es la siguiente para cada cargo:
Cargo | Bonificación Mensual |
Jueces superiores titulares | S/9.360 |
Jueces especializados y/o mixtos titulares | S/7.254 |
Jueces de paz letrado titulares | S/4.680 |