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Política

Alberto Fujimori: Perú insiste en justificar ante la Corte IDH que su indulto fue por supuesta grave enfermedad

Estado peruano indica a la Corte IDH que el beneficio le fue concedido a Fujimori por su avanzada edad y deterioro de salud, minimizando la justicia para las víctimas. Afirma que Perú no incurrió en desacato.

larepublica.pe
Alberto Fujimori parece gozar de buena salud tras salir de prisión

Un día antes de vencerse la ampliación que la Corte Interamericana de Derechos Humanos concedió al Perú para informar sobre la liberación de Alberto Fujimori, los agentes del Estado insistieron en justificar el indulto al exmandatario condenado a 25 años de prisión como autor mediato de los crímenes de Barrios Altos y La Cantuta.

Afirmaron que la aplicación de su indulto humanitario está acorde al principio de proporcionalidad y los estándares del sistema interamericano, y que se le concedió por su edad avanzada y deterioro físico y mental por ser un adulto mayor con enfermedades.

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Además, minimizaron el escrito de los abogados de los deudos de las víctimas de Barrios Altos y La Cantuta que informó a la Corte IDH sobre el buen estado de salud que se observa en Fujimori tras salir de prisión, lo que se ve reflejado en sus apariciones públicas. Los representantes del gobierno sostuvieron que en más de tres meses solamente ha salido en dos ocasiones, lo que más bien evidencia los problemas de su edad.

Incluso, mencionaron que el 2017 una junta médica recomendó su excarcelación, sin informar que uno de sus integrantes fue doctor del condenado expresidente y que los informes médicos sobre su salud fueron suscritos por una especialista de la Clínica Centenario, donde él solía acudir a tratarse, entre otros aspectos.

Estado niega desacato

Pese a que en diciembre del año pasado la Corte IDH emitió una resolución señalando que Perú incurrió en desacato al liberar a Fujimori, en el documento de casi 50 páginas enviado por el Estado el 1 de abril último, aseveraron lo contrario.

Señalaron que han cumplido con el control constitucional según la resolución del tribunal supranacional de mayo del 2018, optando por la protección del sentenciado exjefe de Estado por ser un adulto mayor, y aseguraron que mantenerlo en prisión, donde ha pasado 16 años, sería inconstitucional y contrario a la Convención Americana de Derechos Humanos.

En el marco de la supervisión de sentencia de las matanzas cometidas por el Destacamento “Colina”, explicaron cómo el 2017 el entonces presidente Pedro Pablo Kuczynski le concedió el beneficio humanitario a Fujimori, sin mencionar que lo hizo para no ser vacado por el Congreso. Más bien, acusaron a la Corte IDH de actuar indebidamente al pronunciarse sobre el caso antes de agotarse la vía interna y de afectar el debido proceso con las medidas provisionales del 2022, para que no se ejecute el fallo del Tribunal Constitucional de liberar a Fujimori.

Gloria Cano, abogada de APRODEH, que representa a las víctimas, califica esta respuesta como una vergüenza. “Está tratando de justificar un abierto desacato bajo el argumento de la falta de agotamiento de recursos internos que muestra el desconocimiento del derecho internacional de los derechos humanos y el sistema interamericano. Están justificando un indulto que quedó demostrado era un acuerdo político”, dijo.