El congresista de Perú Bicentenario, José María Balcázar, será acusado del delito de apropiación ilícita por orden de la Primera Fiscalía Superior Penal de Apelaciones de Lambayeque. Esta entidad rectificó el requerimiento de sobreseimiento formulado por el fiscal provincial, quien realizó las respectivas diligencias ante la denuncia interpuesta a dicho legislador por presuntas irregularidades en el Colegio de Abogados durante su gestión como decano, entre el 2019-2020.
Con disposición n. ° 2, de fecha 8 de setiembre, que forma parte del Expediente n.º 8804-2019, la fiscal adjunta Anita Cabrejos dejó sin efecto el sobreseimiento del fiscal provincial Carlos Osores a favor de José María Balcázar. Asimismo, ordenó que otro magistrado acuse al congresista por el delito de apropiación ilícita.
La autoridad fiscal también indicó que la disposición se remita a la jueza del Octavo Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, Sara Vera, quien, en su momento, solicitó la revisión del sobreseimiento que presentó el fiscal provincial Carlos Osores.
La fiscal Anita Cabrejos precisó que existen suficientes elementos de convicción para enjuiciar José María Balcázar y se presente acusación por apropiación ilícita en agravio del Colegio de Abogados de Lambayeque.
Asimismo, sostiene que existe actos suficientes de presuntos actos de apropiación de José María Balcázar sobre el dinero e ingresos al Colegio de Abogados durante su etapa como decano, específicamente por colegiaturas, cuota ordinaria, fondo mortuorio y pagos a sus cuentas personales en la Caja Trujillo.
Respecto a la pericia contable de oficio, el Ministerio Público enfatizó que se analizó de manera sesgada, por ello, es necesario que, en la etapa del juzgamiento, el perito responsable explique de manera detallada los resultados de dicho análisis.
Al mismo tiempo, recalcó que la acción penal no se extinguió, tanto así que las diligencias se realizan en amparo de la norma.
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En declaraciones con La República, José María Balcázar, congresista elegido por Perú Libre, partido del expresidente Pedro Castillo, manifestó que presentó una nulidad a la disposición de la fiscal Anita Cabrejos, puesto que considera que abundan elementos subjetivos y que el dictamen pericial concluye que no hay perjuicio patrimonial al Colegio de Abogado; sin embargo, la representante del Ministerio Público refiere que se efectuó un análisis sesgado.
Agregó que una fiscal adjunta no puede asumir una función en este caso, ya que no hay un superior que revise su accionar.
De acuerdo al portal Pasión por el Derecho, la apropiación ilícita es el "acto cometido por un agente delictivo, en su provecho o en el de un tercero". De esta forma, hace suyo un "bien mueble, una suma de dinero o cualquier objeto que se haya entregado para la guarda o depósito, a título de administración o cualquier otro título no traslativo de dominio".
Dicho delito está tipificado entre los artículos 190 al 193 del Código Penal de 1991.