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Política

Congreso aprueba incorporar requisitos para la elección de ministros y viceministros

En primera votación, el Parlamento también aprobó un proyecto de ley que modifica las atribuciones del Consejo de Ministros.

Congreso aprobó ley que considera como experiencia preprofesional y profesional las prácticas. Foto: La República
Congreso aprobó ley que considera como experiencia preprofesional y profesional las prácticas. Foto: La República

En horas de la noche del viernes 17 de diciembre, el Congreso del Perú debatió sobre el sustento de los proyectos de ley 5, 37 y otros que proponen incorporar los artículos 15-A y 26-A en la Ley 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, respecto al nombramiento de ministros de Estado y viceministros. Con 73 votos a favor, 28 en contra y tres abstenciones, el Pleno aprobó esta decisión en primera instancia.

Según el artículo 78 del reglamento, dicho proyecto aprobado deberá mandarse a votación nuevamente, luego de que transcurran siete días calendario.

Durante el debate, Norma Yarrow, quien preside la Comisión de Descentralización, explicó que ambos artículos buscarán establecer procedimientos de designación de ministros y viceministros.

En ese marco, se estableció que la designación del próximo ministro de Estado no debe tener alguna sentencia condenatoria vigente que lo relacione en calidad de ejecutor o cómplice por la acusación de delito doloso. Además, como requisito, la persona que ocupe el puesto no deberá contar con la inhabilitación para ejercer algún cargo público.

Por otro lado, la resolución suprema solicita que se anexe la declaración jurada de la persona en cuestión, en donde se adjuntarán las investigaciones fiscales correspondientes, procesos judiciales y procedimientos administrativos.

“En un plazo no mayor de cinco días hábiles, los resultados de estas indagaciones serán informados a la Presidencia de la República, al Congreso de la República y a la Procuraduría General del Estado”, agregó Yarrow.

Finalmente, el artículo establece que la persona que ocupe el cargo no debe contar con una investigación activa por el Poder Judicial que guarde relación con crímenes organizados, terrorismo, tráfico de drogas, violencia familiar o corrupción.

Por su parte, en el artículo 16 se agrega la aprobación de la política general de Gobierno. Como tal, se buscará acordar un planteamiento ante el Congreso sobre la cuestión de confianza a la que se refiere el artículo 133 de la Constitución.

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