Corte Suprema resolverá casación contra un testigo que sería un delincuente que cumplía condena de 12 años de prisión y que salió en libertad a cambio de convertirse en colaborador.,Cuestionan a Colaborador Eficaz de la Fiscalía en caso “Los Wachiturros”,El colaborador eficaz que ha presentado la Fiscalía de Crimen Organizado de Chiclayo en el caso "Los Wachiturros", sería el delincuente sentenciado Gregorio Leguía Cerna, más conocido como "Goyo", de acuerdo con la defensa de los imputados. Según el Certificado Judicial de Antecedentes Penales de "Goyo", este fue detenido durante un violento asalto a mano armada, el 15 de abril de 2015, y recibió una pena efectiva de 12 años de prisión, que se cumpliría el 14 de noviembre de 2029. De acuerdo con el mismo documento, el Juzgado Penal de Chiclayo sancionó a Gregorio Leguía, en aplicación del artículo 149° del Código Penal, con la pena más alta por haber usado arma de fuego. "Goyo" cuestionó el fallo, pero el 24 de mayo de 2016 la Primera Sala de Apelaciones, entonces presidida por el Aldo Zapata López -quien actual encabeza la Corte Superior de Justicia de Lambayeque-, ratificó la condena. Sin embargo, los registros del Instituto Nacional Penitenciario (INPE), Gregorio Leguía Cerna (a) "Goyo", abandonó el penal donde purga 12 años de cárcel, el jueves 7 de mayo de 2018. Es decir, un poco más de 10 años antes de pagar la sentencia. Para la defensa técnica de los procesados por el caso “Los Wachiturros”, entre ellos el empresario Edwin Oviedo Picchotito, Gregorio Leguía sería el Colaborador Eficaz N° 12-2015 y que logró salir en libertad a cambio de prestar su testimonio incriminatorio. PUEDES VER: Indagación contra Velásquez por caso “Los Wachiturros” en manos del Poder Judicial La defensa de los acusados solicitó al juez Carlos Chanamé que se revelara la identidad del colaborador eficaz, puesto consideraban que era necesario acreditar que se trataba de una persona confiable. El magistrado rechazó la petición. Las sospechas de la defensa de que el Colaborador Eficaz N° 12-2015 es Gregorio Leguía Cerna, se debe a que fuentes del INPE señalaron que el recluso recibió visitas de un fiscal del caso "Los Wachiturros". Consultado el despacho respectivo, informaron que está prohibido revelar la identidad de los testigos por tratarse de un caso reservado. Supuestamente "Goyo" está relacionado con la banda criminal "Los Wachiturros", a cuyos integrantes se atribuye haber asesinado a dos trabajadores de la azucarera Tumán, por orden de Edwin Oviedo, según la imputación fiscal. Por estas coincidencias de fechas, la defensa de los imputados por el caso "Los Wachiturros" creen que el delincuente "Goyo" canjeó su excarcelación a cambio de un testimonio incriminatorio. Precisamente, para que el colaborador eficaz que presentó la fiscalía no sea reconocido, en las audiencias se le distorsiona la voz. Si se confirma que el colaborador eficaz sería "Goyo", afectaría la acusación formulada por la Fiscalía de Crimen Organizado, porque se basa en un acuerdo con un personaje como Gregorio Leguía, que además de los 12 años de condena, cuenta otros dos antecedentes por hurto y robo agravado, y por lesiones graves, según la defensa técnica. Cuando el testigo fue presentado, 16 abogados de la defensa plantearon más de 200 preguntas. Pero este solo respondió 17, bajo el argumento de que no contestaba porque supuestamente las interrogantes tenían como objetivo descubrir su identidad. También dijo que, si respondía algunas preguntas, su vida corría peligro y la integridad de su familia. Precisamente, uno de los fundamentos de la casación interpuesta por Edwin Oviedo ante la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema -que se ventilará este jueves 6 de junio- es la incorporación en el caso del testimonio de Colaborador Eficaz N° 12-2015 sin que se hayan corroborado las imputaciones. Por este motivo, en la resolución de la Sala Penal Permanente que concede revisar la casación, señala como sustento: “Examinar, si al utilizarse declaraciones realizadas en procesos especiales de colaboración eficaz en trámite, éstas se incorporaron sin afectar derechos de los afectados por sus informaciones, y si está o no en presencia de pruebas ilícitas o defectuosas”.