Este beneficio resuelve que Alberto Fujimori “no está en la capacidad de recibir sanción”. Así, se anularía la posibilidad de que el exmandatario sea procesado por el Caso Pativilca.,El exfiscal de la Nación, José Peláez, sostuvo que el derecho de gracia que otorgó el presidente Pedro Pablo Kuczynski a Alberto Fujimori no está “debidamente fundamentado”, configurando así, a su juicio, una irregularidad en la dación del beneficio. Como se recuerda, el jefe de Estado otorgó el indulto por razones humanitarias y el derecho de gracia para el exdictador, anulando sus condenas y los procesos que hasta la fecha mantiene vigente, como el Caso Pativilca. PUEDES VER: Colegio Médico investiga informe de junta evaluadora de Alberto Fujimori “La institución de la gracia no está debidamente fundamentada y eso es una violación a la Constitución del Estado, que establece que toda resolución debe estar debidamente fundamentada y con mayor razón tratándose de una resolución de la presidencia de la República”, señaló Peláez en diálogo con RPP. Explicó que el indulto se sostiene sobre la base de un informe médico, pero dejó en evidencia que no ocurre lo mismo con la otra prerrogativa que otorgó PPK que debió ser fundamentada por escrito. “La motivación escrita de las resoluciones es una exigencia constitucional y yo creo que con mucha mayor razón cuando se trata de una resolución que concede dos instituciones: la del indulto que está fundamentada en el informe médico, y la gracia”, acotó. En la opinión del exprocurador César Azabache, la Constitución precisa sobre el derecho de gracia que, de acuerdo a la Constitución, se otorga a los procesados en los casos en que la “etapa de instrucción” haya excedido el doble de su plazo más la ampliatoria. En este sentido, cabe anotar que en junio pasado, la Corte Suprema de Chile accedió a ampliar la extradición de Fujimori por los presuntos crímenes ocurridos en la comunidad de Pativilca, donde fueron asesinados campesinos por el Grupo Colina el 29 de enero de 1992.