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Autoridades electorales tendrán hasta el 24 de mayo para convocar a elecciones en Ecuador

Luego de que el presidente de Ecuador anunciara la disolución de la Asamblea Nacional, el Consejo Nacional Electoral deberá correr contra el tiempo para que los ciudadanos elijan un nuevo mandatario y legisladores.

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Guillermo Lasso dejará la presidencia de Ecuador en seis meses. Foto: composición LR/AFP

Tras el anuncio del cierre de la Asamblea Nacional por parte del presidente de Ecuador, Guillermo Lasso, las autoridades tendrán como fecha máxima el próximo miércoles 24 de mayo para convocar a unos nuevos comicios en su país. Así lo anunció el Consejo Nacional Electoral (CNE) tras la publicación en el registro oficial del Decreto Ejecutivo 741, que activó la 'muerte cruzada'.

En conferencia de prensa, la presidenta del organismo, Diana Atamaint, recordó que, tras la decisión de Lasso, la ley dispone que "el CNE en un plazo de siete días después de la publicación del decreto de disolución convoque en una misma fecha a elecciones legislativas y presidenciales para el resto de los respectivos períodos".

Diana Atamaint, presidenta del Consejo Nacional Electoral (CNE), señaló que ya vienen trabajando en las próximas elecciones en Ecuador. Foto: @cnegobec/Twitter

Por ello, afirmó que se encuentran listos para organizar y armar el calendario electoral. Sin embargo, solicitó el apoyo de todos los actores políticos de Ecuador con el fin de sobrellevar esta situación con agilidad y total transparencia.

¿Qué se elegirá en las nuevas elecciones en Ecuador?

En un plazo no mayor a 90 días, los ecuatorianos deberán de acudir a las urnas para elegir a sus nuevos 137 asambleístas. Asimismo, decidirán quién será su nuevo jefe de Estado. Él o la elegida continuará con el periodo que Guillermo Lasso debía culminar hasta el 2025.

Elecciones anticipadas en Ecuador. Foto: composición LR/Fabrizio Oviedo-LR

¿Qué es la 'muerte cruzada' y cuándo fue creada?

El artículo 148 de la Constitución de 2008, creada durante el Gobierno de Rafael Correa, establece las causales para decretar el mecanismo de la disolución de la Asamblea Nacional, también conocida como 'muerte cruzada':

  1. En caso de que la Asamblea se atribuya funciones que están dentro de sus competencias constitucionales.
  2. Si de forma reiterada e injustificada, el poder Legislativo obstruye la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo.
  3. Por una grave crisis política y conmoción interna.