Audiencia. Ex presidente Alejandro Toledo será representado por los abogados Paolo Aldea y Heriberto Benítez. Plantearán la prescripción de tráfico de influencias y que no es necesaria la prisión preventiva. La Fiscalía considera que delito no ha prescrito.,Alejandro Toledo: se decide la prisión preventiva,Alejandro Toledo: se decide la prisión preventiva,Alejandro Toledo: se decide la prisión preventiva,El juez de investigación preparatoria Richard Concepción Carhuancho decidirá hoy sí acoge el pedido de la Fiscalía para dictar prisión preventiva al ex presidente Alejandro Toledo Manrique, por recibir sobornos de la constructora brasileña Odebrecht por los contratos de los tramos 2 y 3 de la Interoceánica Sur. La audiencia fue programada para comenzar a las 10:00 de la mañana en la sala de audiencia de la Sala Penal Nacional, en la primera cuadra de la avenida Uruguay. Se espera que el debate entre el fiscal Hamilton Castro y los abogados del ex presidente Toledo se prolongue durante toda la mañana y, por la tarde, el juez dé a conocer su decisión. PUEDES VER: Caso Odebrecht: Alejandro Toledo podría ser incluido en lista de los más buscados Aldea y Benítez Toledo estará representado por los abogados Paolo Aldea Quincho y el ex congresista Heriberto Benítez. La estrategia de defensa establece que Aldea Quincho plantee dos exenciones previas al inicio de la audiencia, en tanto que Benítez será el que se oponga a la prisión preventiva. Hamilton Castro pidió la prisión preventiva con el argumento de que existe el peligro de que el ex presidente Toledo evada las investigaciones, al encontrarse fuera del país, ante los abundantes indicios y pruebas que lo vinculan con los delitos de tráfico de influencias y lavado de activos. Paolo Aldea, en declaraciones a La República y otros medios de comunicación, anunció que planteará la prescripción del delito de tráfico de influencias, y sobre lavado de activos ya existe una investigación judicial previa a cargo del juez Abel Concha Calla, del 160 Juzgado Penal de Lima. Aldea sostiene que el delito de tráfico de influencias es de comisión instantánea y solo se dio en la primer reunión del ex mandatario con el ejecutivo de Odebrecht y hoy colaborador eficaz Jorge Barata, esto fue en noviembre del 2004. Si el delito de tráfico de influencias ya está prescrito y existe otro proceso por lavado con mandato de comparecencia, ya no procedería un nuevo proceso con prisión preventiva, pues se trata de los mismos hechos. Este será el argumento de Aldea Quincho. Prisión preventiva Por su parte, Heriberto Benítez –quien se sumó anoche a la defensa– planteará que no es necesaria la prisión preventiva porque Toledo Manrique siempre ha colaborado con la investigaciones y se encuentra fuera del país porque trabaja en Estados Unidos y está actualmente en Francia dictando conferencias. "El ex presidente Toledo me llamó esta tarde y me ha pedido que lo represente para la prisión preventiva, solo voy a intervenir en esta audiencia, la defensa en el proceso estará a cargo del doctor Paolo Aldea", refirió el ex congresista a La República. "La investigación –continuó– tiene que darse para el esclarecimiento de las graves acusaciones formuladas por la Fiscalía, no nos oponemos a la investigación, pero consideramos que no tendría que darse con prisión preventiva". "El ex presidente tiene una investigación por el caso Ecoteva con comparecencia y viene acudiendo a todas las diligencias programadas por el juzgado y no tendría que ser diferente en esta oportunidad", subrayó Benítez, en diálogo con La República. El juez Richard Concepción puede decidir rechazar de plano las excepciones del abogado Aldea, bajo la premisa de que esta es una audiencia solo de prisión preventiva, donde se evalúa si existe un peligro procesal, y que la prescripción y la posibilidad de una doble investigación se vea después. Aunque lo más probable es que decida escuchar todas las posiciones y resolver al final todo en uno: la prescripción, la relación con Ecoteva y el pedido de prisión preventiva por 18 meses. No hay prescripción Para la Fiscalía, el delito de tráfico de influencias no ha prescrito. Si el juez acoge al debate este tema, el equipo del doctor Hamilton Castro sostendrá que se trata de un delito continuado que siguió perpetrándose hasta el año 2010, cuando concluyó el pago de los sobornos por parte de Odebrecht. En el delito de tráfico de influencias, la prescripción es de 8 años, que es el máximo de la pena para este delito. En el delito continuado, el plazo se cuenta desde que termina de cometerse el delito, por lo que en la posición de la Fiscalía esto recién sucedería el 2018. Luego, existe una norma que duplica el plazo de prescripción en delitos cometidos por funcionarios, como sería este caso.