
Los trabajadores del sector público en Perú pueden acceder a un día libre adicional como reconocimiento por desplazarse en bicicleta hacia su centro laboral. Así lo establece la Ley N.º 30936, la cual tiene como objetivo principal fomentar el uso de este medio de transporte sostenible entre los servidores públicos.
Esta medida busca no solo promover una cultura de movilidad saludable, sino también contribuir con la reducción de la contaminación ambiental y mejorar la calidad de vida de los trabajadores que opten por la bicicleta como medio de transporte diario. Por ello, la mencionada Ley otorga los lineamientos para que los trabajadores públicos que actualmente acudan a trabajar usando la bicicleta puedan acceder al beneficio de un día adicional para descansar.
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Según lo especificado en la Ley N.º 30936, los trabajadores públicos podrán solicitar a sus jefaturas tener un día libre adicional si certifican que han usado la bicicleta como medio de transporte para ir a trabajar durante 60 días.
Asimismo, la ley establece que las instituciones públicas deben facilitar condiciones adecuadas para los ciclistas, tales como la instalación de estacionamientos especializados y el acceso seguro a las vías.
De acuerdo con la Ley N.º 30936, los trabajadores del sector público que utilicen la bicicleta como medio de transporte para acudir a sus labores pueden acceder a un día libre remunerado por cada 60 días de asistencia en este vehículo. Para hacer efectivo este beneficio, las oficinas de Recursos Humanos de cada entidad pública son las responsables de registrar y verificar el cumplimiento de este requisito, habilitando mecanismos —ya sean virtuales o físicos— para que los empleados acrediten su asistencia en bicicleta.
Esta medida busca promover el uso de un medio de transporte ecológico, además de reconocer el esfuerzo de quienes contribuyen activamente al cuidado del medio ambiente y a una vida más saludable.
El beneficio para que los trabajadores del sector público que acudan a sus centros de labores en bicicleta no aplica para el sector privado. Sin embargo, la Ley N.º 30936 aclara que los empleadores deben brindar espacios adecuados para quienes opten por este medio de transporte.

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