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Bancos en Perú eliminarán una comisión que era obligatoria en las tarjetas de crédito a partir de setiembre de 2025, vía SBS

A partir de setiembre de 2025, las tarjetas de crédito en Perú podrán ofrecerse sin la obligación del seguro de desgravamen, según la Resolución SBS N.º 00890-2025.

Bancos deberán ofrecerán tarjetas de crédito sin obligar el pago del seguro de desgravamen.
Bancos deberán ofrecerán tarjetas de crédito sin obligar el pago del seguro de desgravamen. | Foto: Composición LR/Andina.

Las tarjetas de créditos en el Perú dejarán de ser ofrecidas junto al seguro de desgravamen, así lo especifica la Resolución SBS N.º 00890-2025 de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP. La resolución fue publicada en marzo de 2025 y dice que el seguro de desgravamen que no será obligatorio para acceder a tener una tarjeta de crédito.

Los bancos deberán de acogerse a esta nueva regulación partir de del 9 de setiembre del presente año. En esa línea, solo se exigirá el pago del seguro de desgravamen en los créditos hipotecarios, por el resto de créditos será optativo.

Tarjetas de crédito serán ofrecidas sin el seguro de desgravamen: será optativo desde setiembre de 2025

Los bancos en el Perú que ofrezcan tarjetas de crédito ya no podrán obligar a contratar el seguro de desgravamen. La Resolución SBS N.º 00890-2025 permitirá a los usuarios acceder a tarjetas de créditos, préstamos y otros servicios a tomar el seguro de desgravamen de forma opcional. En esa línea, quienes opten por contratar el seguro de desgravamen, ahora se deberá cobrar en la misma moneda en que fue pactado el crédito y las entidades financieras que lo ofrezcan deberán detallar todo este seguro.

¿Qué es el seguro de desgravamen?

El seguro de desgravamen es una póliza que se contrata junto a un crédito, este puede ser hipotecario, personal, vehicular y otros. Su finalidad es cubrir el pago de la deuda pendiente en caso de fallecimiento del titular o invalidez total.

Tarjetas de crédito deben tener verificación física o digital

Desde el 1 de julio entró en vigencia dos formas de verificación para hacer compras hechas con tarjetas de crédito.

  • En el caso de tener la tarjeta en físico: se solicitarán dos requisitos, el chip de la tarjeta y el código de seguridad (PIN) de 4 dígitos.
  • En el caso de tener la tarjeta no presente: se solicitarán dos requisitos, la información que presenta la tarjeta (física o digital) y un PIN o código dinámico.
  • En el caso de operaciones con las billeteras digitales que tengan base en el token de las tarjetas, su afiliación a una para su uso deberá de ser mediante la propia tokenización de la tarjeta y proceder con un segundo paso como el código PIN.

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