La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) en Perú representa un importante beneficio laboral que brinda a los trabajadores una red de seguridad económica ante un eventual cese de sus labores. Sin embargo, el gobierno decretó la Ley N.º 32027, que permite el acceso al 100% de los fondos de la CTS con el objetivo de proporcionar liquidez a los trabajadores. Así, se busca apoyar a quienes enfrentan problemas financieros.
De este modo, la norma indica que los trabajadores tienen hasta el martes 31 de diciembre de 2024 para concretar el retiro extraordinario de la CTS. Previamente, los empleadores debieron cumplir con su depósito en las cuentas correspondientes. A raíz de esto, algunas personas tienen dudas sobre si realmente tienen acceso a este fondo. A continuación, te contamos cómo verificar si tu CTS se encuentra en alguna entidad financiera.
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El último abono de este beneficio económico en 2024 inició el pasado 15 de noviembre. A la fecha, los trabajadores pueden acceder al aplicativo móvil de su banco y corroborar el estado de sus cuentas, que podrían ser la cuenta sueldo u otras en particular para la CTS.
Asimismo, las personas pueden acudir a la sede en la que están afiliadas para verificar si tienen registrado el depósito de este beneficio laboral, por lo que será fundamental llevar el DNI. Incluso, los interesados podrían contactar a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) con este número: 0-800-10840.
Por otra parte, estos son los números de cuatro bancos del sistema financiero peruano para consultar el estado de la CTS:
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Estos son los pasos para que los trabajadores inicien el proceso que les permita retirar su Compensación por Tiempo de Servicios.
Al recibir la solicitud, la entidad financiera dispone de un plazo de dos días hábiles para realizar la transferencia del monto a la cuenta especificada. A su vez, se precisa tener en cuenta que el retiro o la solicitud de transferencia se podrá realizar solo una vez y deberá completarse antes del 31 de diciembre de 2024.
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La normativa que regula el retiro total de la CTS es aplicable tanto a empleados del sector privado como a aquellos del sector público que se rigen por el régimen de actividad privada. Para acceder a este beneficio, es fundamental que el trabajador esté debidamente registrado en la planilla y cumpla con las disposiciones establecidas en la Ley de CTS, la cual fue aprobada mediante el Decreto Legislativo N.º 650.
Adicionalmente, estos trabajadores no pueden acceder a esta medida extraordinaria.