La construcción de una vivienda es un desafío para millones de familias peruanas que anhelan tener una casa. Los altos costos representan uno de los principales impedimentos, por lo que una opción es pedir un préstamo en las entidades financieras del mercado. Sin embargo, en muchas ocasiones, el acceso al financiamiento resulta complicado debido a las rigurosas condiciones y requisitos que establecen estas instituciones.
Los propietarios de terrenos sin construir pueden acceder a un subsidio del programa Techo Propio, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), que facilita la edificación de inmuebles a los propietarios que todavía no han construido sobre su propiedad, siempre que cumplan con los requisitos que exige la entidad. A continuación, te contamos los detalles del bono para construir tu primera vivienda.
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Los propietarios de terrenos sin construir y que estén inscritos en Registros Públicos pueden solicitar el Bono Familiar Habitacional a través del programa Techo Propio, que equivale a S/39.400 y forma parte de la modalidad de Construcción en Sitio Propio. El subsidio se otorga de manera única a los beneficiarios, sin posibilidad de reembolso.
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Los interesados en solicitar el Bono Familiar Habitacional deberán registrarse en el programa Techo Propio en los centros habilitados. Es fundamental que exista una convocatoria activa, que debe publicarse mediante una resolución ministerial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
De hecho, el MVCS lanzó la última convocatoria para el programa Techo Propio, que ofrece esta compensación económica a 2.569 familias, mediante la Resolución Ministerial 436-2024-Vivienda. Los futuros beneficiarios deben presentar su DNI y completar los datos que se pidan en la sede autorizada. En especial, tendrán que tener en cuenta los siguientes puntos:
Los aspirantes que cumplan con los requisitos podrán contactar a una entidad técnica (ET), que está autorizada por Techo Propio, por medio de una llamada al 0800-12-200. Una vez que se valide la ET, se procede a la firma del contrato de obra para la construcción de la vivienda. Es fundamental solicitar una copia del contrato, ya que esto te permitirá conocer tanto tus derechos como tus obligaciones.
La ET se encarga de gestionar el desembolso del Bono Familiar Habitacional y da inicio a la ejecución de la obra una vez que se ha realizado el desembolso del bono. Es importante que realices el depósito del ahorro en la cuenta recaudadora del Fondo Mivivienda al día siguiente de recibir tu código de proyecto. Cabe destacar que el ahorro no debe entregarse directamente a la ET en ningún caso.