En el ámbito laboral, existen dos modalidades que a menudo generan confusión entre trabajadores y empleadores: los feriados nacionales y los días no laborables. Ambas tienen implicaciones distintas en cuanto a derechos y responsabilidades, por lo que es importante conocer las diferencias para evitar malentendidos y asegurar el cumplimiento de las normas laborales.
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), en declaraciones para la Agencia Andina, emitió mayores detalles para que todos los involucrados comprendan las características de cada modalidad.
Un feriado nacional es un día de descanso obligatorio que está instituido para conmemorar eventos significativos de carácter histórico, cultural o religioso. Durante un feriado nacional, todos los trabajadores tienen derecho a descansar sin que se vea afectada su remuneración. Sin embargo, si la empresa requiere que el empleado trabaje en este día, se aplican ciertas compensaciones obligatorias.
El empleador tiene dos opciones: otorgar un día de descanso compensatorio en otra fecha o pagar la triple remuneración por el día trabajado. Este pago incluye el correspondiente al feriado, la remuneración extra por el trabajo realizado, y un adicional equivalente a un día de trabajo. Los feriados nacionales no requieren recuperación de horas, ya que están diseñados para ser días de descanso completos y con la finalidad de permitir a los trabajadores participar en las celebraciones correspondientes.
Los días no laborables son decretados por el gobierno para promover la participación en actividades específicas o eventos de interés nacional. Estos días son principalmente aplicables al sector público. Los empleados del sector público deben recuperar las horas no trabajadas, según las indicaciones de su oficina de recursos humanos. A diferencia de los feriados, los días no laborables no conllevan una remuneración adicional; los trabajadores reciben su salario habitual sin ningún pago extra.
En el sector privado, la adopción de días no laborables es opcional y depende de un acuerdo entre el empleador y sus empleados. Si deciden acogerse a un día no laborable, las partes deben acordar cómo se recuperarán las horas no trabajadas. Si no llegan a un acuerdo, la decisión final la toma el empleador. Este tipo de días ofrecen una flexibilidad adicional y permiten a los trabajadores participar en actividades recreativas, familiares o comunitarias sin la necesidad de una remuneración extra, siempre y cuando se acuerde la recuperación de las horas no trabajadas.