El Congreso de la República ya aprobó el retiro de hasta el 100% de las CTS. Con ello, los ciudadanos que tengan una cuenta de ahorros en la que se deposite la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) podrán acceder a estos fondos sin límite alguno. Según la norma, será posible disponer del monto hasta el 31 de diciembre de 2024.
Hasta antes de la aprobación de la norma del retiro extraordinario, la CTS solo podía ser utilizada en caso de que el trabajador se encuentre desempleado. Con ello, se buscaba solventar los gastos económicos generados durante el periodo en el que no se recibe ningún tipo ingreso.
Este proceso no es el primero de su clase. Como se recuerda, mediante la Ley n.° 31480 aprobada en diciembre de 2022, también se autorizó la libre disposición de estos ahorros. Esta opción se mantuvo durante un año, ya que la fecha límite establecida en dicha normativa fue hasta el 31 de diciembre de 2023.
El proyecto de ley aprobado en el Congreso es uno de los primeros pasos que se deberá seguir para que los ahorristas puedan disponer del dinero de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS). Para ello, el Parlamento deberá primero enviar el PL al Ejecutivo. Luego, correrán los plazos más largos, ya que el Gobierno tendrá hasta 15 días útiles para observar o promulgar la ley.
En caso de que la presidenta de la República, Dina Boluarte, decida promulgarla, restaría la reglamentación del proceso por parte del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Sin embargo, también queda latente la opción de que la mandataria decida observar el proyecto de ley, lo que significaría que este documento sea devuelto al Congreso, lo que ampliará el inicio de su ejecución.
Por otro lado, si todos los plazos se extienden hasta su máximo permitido por ley, el inicio del retiro de las CTS se daría en los primeros días de junio.
Calcular la CTS, en principio, puede ser complicado. Al partir de lo establecido por la norma, se basa en la remuneración mensual y el tiempo de servicio en la empresa.
La fórmula incluye una acumulación por cada año completo de servicios y una proporción por los meses adicionales, en caso de no llegar a un año completo. Además, es importante señalar que las gratificaciones y otros montos adicionales pueden influenciar en el cálculo final.
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Por ello, La República te recomienda usar su calculadora de CTS. Con esta herramienta podrás calcular el monto que te toca recibir en mayo y noviembre, fechas en las que usualmente se realizan los depósitos por parte de los empleadores. En esta web solo deberás ingresar la información como fecha de ingreso, tiempo laboral y otros datos necesarios para establecer el dinero que percibirás.