
Este 15 de noviembre venció el plazo para que las empresas realicen el depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). Así, miles de trabajadores podrán tener un dinero extra que ayudará a la economía familiar y en el marco de las celebraciones por Navidad 2023. Si estás en planilla y si cumples algunos otros requisitos, te corresponde este derecho que se entrega también en el mes de mayo.
No obstante, una de las dudas más frecuentes en la ciudadanía es saber si los trabajadores que laboran de medio tiempo, más conocido como part time, también recibirán CTS. ¿Cómo saber si me toca este depósito y cómo se puede calcular? Sigue leyendo para conocer todos los detalles.
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De acuerdo a la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), las personas que trabajen menos de cuatro horas no califican para recibir el depósito de CTS en noviembre. Es por ello que, si eres empleado bajo la modalidad part time o medio tiempo, y tienes una jornada menor a la estipulada, no obtendrás este dinero.
Tal como señalamos líneas arriba, la fecha límite para que tu empresa te deposite la CTS es hasta el 15 del referido mes.
En tanto, los trabajadores de microempresas que estén contratados después de su inscripción de la empresa en el Remype no les corresponde la CTS, así como también aquellos que perciben el 30% o más del importe de las tarifas que paga el público por los servicios. En esa misma línea, personal bajo el régimen laboral agrario que optaron cobrar su CTS junto con su remuneración (Ley 30110 y DS 005-2021-Minagri) tampoco acceden al mismo.
A continuación te mostramos un cálculo básico de cuánto podrías recibir por Compensación por Tiempo de Servicios si ganas el sueldo mínimo:
Utiliza la calculadora de La República para saber lo que te corresponde aproximadamente. Para ello, debes tener los datos que te solicita la plataforma:
De acuerdo a la Ley n.º 31480 que se publicó el 25 de mayo del 2022, el último día para disponer libremente del 100% de la CTS es el 31 de diciembre del 2023. Luego de transcurrida la fecha, los trabajadores no podrán acceder a la totalidad del dinero hasta que finalicen su relación contractual con su empleador. De esta forma, cuando culmine el plazo, a ellos solo les será posible retirar de su CTS el excedente de cuatro sueldos.





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